Boletín semanal

2021May

Proyecto de Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación

El Presidente de la República remitió a la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación, una vez recibido en el Legislativo, el proyecto deberá ser calificado por el Concejo de Administración Legislativa y posterior pasar a una Comisión Especializada para su tratamiento conforme lo determina la Constitución y la Ley.

Sentencia No. 71-16-EP/21

La Corte Constitucional del Ecuador mediante Sentencia No. 71-16-EP/21, analiza si se vulneró el derecho al debido proceso en la garantía al derecho a la defensa del SERCOP, al no haber sido citado como legitimado pasivo dentro de una acción de protección. La Corte concluye que el SERCOP no era legitimado pasivo en la causa y consecuentemente, su falta de citación no generó la transgresión del derecho al debido proceso en la garantía al derecho a la defensa.

Acuerdo No. MIES-2021-021

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 457 de 21 de mayo de 2021, se publicó el Acuerdo No. MIES-2021-021, emitido por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, con el cual se aprobó y expidió el Procedimiento de Procesamiento, Depuración y Consolidación de Bases de Datos de los Usuarios del MIES.

Se publicó el Acuerdo No. MDT-2021-135

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 457 de 21 de mayo de 2021, se publicó el Acuerdo No. MDT-2021-135, emitido por el Ministerio del Trabajo, con el cual se expidió el Instructivo sobre los requerimientos de documentación para el ingreso y desvinculación del personal de las entidades del sector público.

Primeros Decretos Ejecutivos del Presidente Guillermo Lasso Mendoza

El día de hoy, 24 de mayo de 2021, como lo indica la Constitución de la República, asumió el poder ejecutivo como Presidente Constitucional de la República del Ecuador el Sr. Guillermo Lasso Mendoza, quien luego de todos los actos protocolarios de su posesión, emitió sus primeros Decretos Ejecutivos, en su mayoría nombrando a los miembros de su gabinete, y otros, de los cuales se destaca:

Decreto No. 1 (clic aquí): Por mandato y voluntad soberana del pueblo ecuatoriano asume el señor Guillermo Lasso Mendoza, a partir de la presente fecha, la Presidencia Constitucional de la República del Ecuador.

Decreto No. 3 (clic aquí): La Secretaría del Deporte se denominará Ministerio del Deporte; se crea la Secretaría Nacional de Planificación; y, se reorganiza la estructura de la Presidencia de la República. 

Decreto No. 4 (clic aquí): Se establecen las normas de comportamiento ético gubernamental a las que se someterán los servidores públicos de la Función Ejecutiva en el cumplimiento de sus deberes y ejercicio de sus competencias, sin perjuicio de las responsabilidades dispuestas por ley.

Decreto No. 7 (clic aquí): Se asignan funciones al señor Vicepresidente Constitucional de la República.

Decreto No. 29 (clic aquí): Se crea la Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades

Decreto No. 32 (clic aquí): Se deroga el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación y todas sus reformas posteriores.

Decreto No. 33 (clic aquí): Se dispone que todas las instituciones y empresas públicas y privadas que prestan el servicio de referencias crediticias, eliminen de sus registros la información histórica de obligaciones de las personas naturales deudoras cuya deuda total consolidada en el sistema financiero sea menor a $1,000.00, de las instituciones financieras y de cualquier empresa que ha otorgado crédito a sus clientes.

Resolución No. SCPM-DS-2021-15

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 456 de 20 de mayo de 2021, se publicó el Resolución No. SCPM-DS-2021-15, emitida por la Superintendencia de Control de Poder de Mercado, con la que se expidieron los parámetros comunicacionales básicos para la revisión de propuestas de campañas de comunicación de los operadores económicos.

Acuerdo No. MIES-2021-023

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 456 de 20 de mayo de 2021, se publicó el Acuerdo No. MIES-2021-023, emitido por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, aprobó y expidió el “Manual de  Procedimiento para la Atención de Quejas, Reclamos, Incidentes y Consultas de los Usuarios  de Bonos y Pensiones” y sus anexos.

Acuerdo No. MIES-2021-022

En el Suplemento del Registro Oficial No. 456 de 20 de mayo de 2021, se publicó el Acuerdo No. MIES-2021-022, emitido por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, con el cual se aprobó y expidió la actualización  del “Manual de Procesos para el Pago de las  Transferencias Monetarias en la Modalidad de  pago en Cuenta”.

Resoluciones COE Nacional 20 de mayo de 2021

El COE Nacional, en sesión permanente de hoy, jueves 20 de mayo de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1.- Emitir los lineamientos que serán de obligatorio cumplimiento una vez finalizado el régimen de estado de excepción en 16 provincias y en todo el país.

2.- A la Asociación de Municipalidades del Ecuador, se recomienda instar a los GAD´s cantonales y metropolitano, para que, a través de las respectivas ordenanzas, regulen, autoricen y controlen:

• El buen uso del espacio público.
• Aglomeraciones, así como el comercio autónomo no regularizado.
• Playas
• Transporte Público
• Control del consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos.
• El consumo de bebidas alcohólicas en lugares autorizados, en coordinación con lo dispuesto por el Acuerdo Ministerial 0001, emitido por el Ministerio de Turismo y Ministerio de Gobierno.

a. Requisitos para el ingreso al país:

Se mantienen los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud Pública.

b. Sistema educativo nacional:

Se mantendrán suspendidas las clases de manera presencial, se mantienen las clases bajo la modalidad virtual – remota, cumpliendo con el Plan Educativo COVID-19.

c. Educación superior:

Se mantendrán suspendidas las clases de manera presencial, se mantienen las clases bajo la modalidad virtual – remota.

d. Trabajo:

Retorno Progresivo al Trabajo en Instituciones Públicas:

Las máximas autoridades de cada institución decidirán el retorno a las actividades de manera presencial, se deberá privilegiar el teletrabajo.

Retorno Progresivo al Trabajo en el Sector Privado:

Será obligación del empleador adoptar todas las medidas que estén a su alcance, en materia de prevención de higiene, seguridad y salud para prevenir el contagio de COVID-19 en sus trabajadores.

Será obligación de los trabajadores acatar todas las normas y procedimientos de prevención establecidos por el empleador.

Personas en condiciones de vulnerabilidad o grupo de atención prioritaria:

Deberán justificar tal condición ante el médico institucional u ocupacional a fin de que éste evalúe y autorice la continuidad laboral a través de teletrabajo.

e. Comité de Operaciones de Emergencia Nacional:

El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional y la estructura de la gestión de la crisis sanitaria se mantiene operativo.

f. Disposiciones de bioseguridad:

Se mantienen las disposiciones de bioseguridad emitidas en los protocolos autorizados por el COE Nacional, se recomienda a la ciudadanía su aplicación conforme las normas del DISTANCIAMIENTO SOCIAL, USO DE MASCARILLA y LAVADO PERMANENTE DE MANOS.

g. Fronteras Terrestres:

Las fronteras terrestres continúan cerradas.

Únicamente se mantienen abiertos los Centro Binacional de Atención en Frontera Rumichaca con Colombia y Huaquillas con Perú para actividades de comercio exterior e ingreso de ciudadanos nacionales y extranjeros residentes conforme requisitos.

h. Movilidad y Tránsito:

La circulación vehicular se realizará sin restricción en la red vial estatal, encargándose conforme competencia el control exclusivo de Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador en sus respectivas jurisdicciones.

• El Transporte Interprovincial se mantiene con el 75% del aforo;
• El transporte terrestre turístico que cuente con título habilitante otorgado por la autoridad competente, no se sujetará a restricciones de movilidad siempre y cuando porten el contrato de prestación de servicios.
• El transporte particular y comercial se sujetará a las regulaciones que se establezcan en la respectiva ordenanza en en los GAD’s con competencia para el control (TIPO A) . En el resto de cantones se garantiza la libre circulación sin restricción del número de placa.

i. Hoy no circula:

Se recomienda a la Asociación de Municipalidades del Ecuador, coordinar con los GADs la estandarización de las restricciones de circulación vehicular que se generen en sus jurisdicciones.

j. Espectáculos públicos:

Ninguna intendencia a nivel nacional otorgará permisos para este tipo de eventos.

k. Bares, Discotecas, Centros De Diversión y Centros de Tolerancia:

Corresponde la definición de aperturas a los GAD’s, debiendo previamente contar con el soporte de órgano de salud que desde el COE Cantonal oriente esta decisión.

l. Vigencia de protocolos:

Todos los protocolos e instrumentos generados desde el COE Nacional se mantienen vigentes.

3.- Aprobar el “Protocolo de Bioseguridad para la Prevención de la Propagación de la COVID -19, a ser implementado en el evento de entrega del Bastón de Mando al Presidente de la República del Ecuador Sr. Guillermo Lasso” que se llevará a cabo en la Comunidad de Tamboloma cantón Ambato de la provincia de Tungurahua el 26 de mayo de 2021.

Integración de las 15 comisiones permanentes de la Asamblea Nacional

El Pleno de la Asamblea Nacional en la sesión No. 708, el día de hoy, jueves 20 de mayo de 2021, designó a las y los integrantes de las 15 comisiones especializadas permanentes, las cuales serán conformadas de la siguiente manera:

  1. De Justicia y Estructura del Estado:

Alejandro Jaramillo
Dina Farinango
Jhoana Moreira R.
Ricardo Vanegas
Segundo Chimbo
Dalton Bacigalupo
Jhajaira Urresta
Fausto Jarrín
Sofía Espín
José Aguasalca

  1. Del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social:

Rina Asunción Campaín Brambilla
Luis Anibal Marcillo Ruiz
Omar Vicente Cevallos Peña
Eckenner Reader Recalde Alava
Luis Fernando Almeida Moran
Salvador Quishpe Lozano
Marcela Priscila Holguín Naranjo
Johanna Cecibel Ortiz Villavicencio
Pamela Aguirre

  1. De Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control:

Diego Ordoñez
Mirella Pazmiño
Guido Chiriboga
Jhonny Teran
Byron Maldonado
Eithel Zambrano
Pabel Muñoz
Ana Herrera
Luna Blasco

  1. De Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa:

Daniel Noboa
Wilma Andrade
Francisco Jimenez
Cesar Rohon
Nathalie Arias
Cristian Yucailla
Marcelo Cabrera
Jhon Vinueza
Carlos Víctor Zambrano Landín

  1. De Relaciones Internacionales y Movilidad Humana:

Juan Fernando Flores
Jessica Castillo
Patricio Cervantes
Marjorie Chavez
Elías Jachero
Angel Maita
Raisa Corral
Monica Palacios
Fernando Cedeño

  1. De Biodiversidad y Recursos Naturales:

Washigton Varela
Gisella Molina
Fredy Rojas
Pedro Zapata
Consuelo Vega
Efren Calapucha
Juan Lloret
Rebeca Viviana Veloz
María Vanessa Alava

  1. De Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero:

Mariano Curicama
Lucia Placencia
Eduardo Mendoza
Hugo Cruz
Xavier Santos
Joao Aarón Acuña Figueroa
Ronny Aleaga
Alexandra Arce
Esteban Torres

  1. De Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio:

Celestino Chumpi
Yessenia Guamani
Peter Calo
Henry Kronfle
Patricia Sanchez
Marlon Cadena
Francisco León
Gustavo Matheus
Lenin Barreto

  1. De Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales:

Manuel Medina
Amparo Rocio Guanoluisa
Darwin Pereira
Zolanda Plúas
Isabel Enrríquez
Ramiro Frías
Diego Esparza
Mariuxi Sanchez
Ana María Raffo

  1. Del Derecho a la Salud y Deporte:

Marcos Molina Jurado
María José Plaza Gómez De La Torre
Rosa Elizabeth Cerda Cerda
Joel Eduardo Abad Verdugo
Rafael Lucero Sisa
Bella Daniela Jiménez Torres
Luisa Magdalena González Alcivar
Ronal Eduardo González Velero
Patricia Monserrat Mendoza Jiménez

  1. De Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social:

Eduardo Mauricio Zambrano Valle
Nathalie María Viteri Jiménez
Ricardo Ulcuango
Marcos Humberto Alvarado Espinel
Ferdinan Arturo Alvarez Zambrano
Lyne Katiuska Miranda Giler
José Ricardo Chávez Valencia
Rosa Belén Mayorga Tapia
Pedro Carlos Falquez Batallas

  1. De Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la ínterculturalidad:

José Fernando Cabascango Collaguazo
Sandra Sofía Sánchez Urgiles
Gruber Cesario Zambrano Azua
Edgar Patricio Quezada Patiño
Mario Fernando Ruiz Jácome
Javier Virgilio Saquicela Espinoza
Janeth Paola Cabezas Castillo
Victoria Tatiana Desintonio Malave
María Fernanda Astudillo Barrezueta

  1. De Soberanía, Integración y Seguridad Integral:

Ramiro Vladimir Narváez Garzón
María Del Carmen Aquino Merchán
Jorge Washington Pinto Dávila
Geraldine Weber Moreno.
Rodrigo Olmedo Fajardo Campoverde
Augusto Alejandro Guamán Rivera
José Luis Vallejo Ayala
Xavier Andrés Jurado Bedran
Silvia Patricia Nuñez Ramos

  1. De Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes:

Dallyana Passailaigue Manosalvas
Lenin José Lara Rivadeneira
Javier Eduardo Ortiz Jarrin
Jorge Farah Abedrabbo García
Vanessa Lorena Freire Vergara
Esther Adelia Cuesta Santana
Amada María Ortiz Olaya
Pierina Correa
Lenin Francisco Mera Cederlo

  1. De Fiscalización y Control Político:

Fernando Alcibíades Villavicencio Valencia
César Santiago Monge Ortega
Marco Stalin Troya Fuertes
Luis Bruno Segovia Mejía
Pedro Ramiro Velasco Erazo
María Soledad Diaz Aguilar
Roberto Medina Cuero
María Gabriela Molina Menéndez
Comps Pascacio Córdova Diaz

Reglamento General a la Ley sobre el Uso y Protección del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

El Presidente de la República emitió el Decreto No. 1343, con el cual expidió el Reglamento General a la Ley sobre el Uso y Protección del Emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

El presente Reglamento entrará en vigencia una vez publicado en el Registro Oficial.

Reglamento General a la Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de un Solo Uso

El Presidente de la República emitió el Decreto No. 1342, con el cual se expide el Reglamento General a la Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de un Solo Uso.

El presente Reglamento entrará en vigencia una vez publicado en el Registro Oficial.

Acuerdo No. MDT-2021-189

El Ministerio del Trabajo con Acuerdo No. MDT-2021-189, expidió la Normativa técnica que regula el procedimiento del visto bueno interpuesto por los trabajadores y empleadores ante el Ministerio del Trabajo.

Las disposiciones de este Acuerdo Ministerial, son de aplicación obligatoria para los trabajadores y empleadores del sector público y privado que se encuentran sujetos al Código del Trabajo, así como a los actores a quienes le sean aplicables en las empresas públicas.

Entrará en vigencia a partir de hoy, fecha de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Medidas para Guayaquil luego del estado de excepción

El COE Cantonal de Guayaquil, emitió la Resolución No. 202105-1, con la cual se establecieron las siguientes medidas que entran en vigencia a partir de las 00h00 horas del 21 de mayo de 2021.

1.- Prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y de moderación en la vía pública: hasta las 22h00.
 

2.- Se mantiene el cierre de bares y discotecas hasta nuevo aviso.
 

3.- Regulación de aforo en el 50% en restaurantes, gimnasios y centros comerciales (también se aplicará el mismo aforo en los patios de comida, el control estará a cargo de la administración del centro comercial).
 

4.- Regulación de aforo del 30% en cines y teatros:
 

5.- Regulación de aforo del 30% y un máximo de 6 horas en velorios de los distintos cementerios del cantón. Se mantienen prohibidos los velorios en casos de Covid-19 confirmado de acuerdo al protocolo correspondiente aprobado por el COE Nacional.
 

6.- Regulación del aforo al 30% en establecimientos ya sean hoteles, salones de eventos especializados y centros de convenciones que realicen eventos sociales y corporativos y su operación hasta las 00h00.
 
Estos aforos pueden aumentar hasta un 20% si los eventos se hacen al aire libre.
 

7.- Apertura de canchas deportivas para uso recreativo sin la presencia de público, y de acuerdo al protocolo de la Secretaría del Deporte aprobado por el COE Nacional
 

8.- Se aplicará restricción vehicular particular de la siguiente manera mientras dure la emergencia sanitaria de la siguiente manera:
 
Desde las 22h00 hasta las 5h00 del día siguiente
 

  • Se mantienen las siguientes excepciones:
     
    • Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.
     
    • Seguridad Pública. Privada. Servicios de Emergencias y Agencias de Control.
     
    • Sectores Estratégicos.
     
    • Servicios de emergencia vial.
     
    • Sector Exportador y toda su cadena logística.
     
    • Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura. entre otros.
     
    • Provisión de alimentos y bebidas, incluido transporte y comercialización.
     
    • Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.
     
    • Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
     
    • Trabajadores de los medios de comunicación.
     
    • Plataformas y servicios de delivery.
     
    • Cuerpo Diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país.
     
    • Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
     
    • Actividades relacionadas al Sector Financiero bancario.
     
    • Abogados
     
    • Funcionarios de la Corte Constitucional.
     
    • Servidores públicos de la Función Judicial.
     
    • Funcionarios de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Procuraduría General del Estado, Asamblea Nacional, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado.
     
    • Personas responsables yo a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.
     
    • En aquellos casos que se requiera movilización hacia y desde aeropuertos, los habilitantes serán los pasajes del titular.
     
    • Personas que tienen agendadas sus citas de vacunación debidamente comprobado con el turno asignado, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y traslado para este fin;
     
    • Carga comercial que se traslade desde y hacia puertos y aeropuertos.
     
    • Sector de la construcción y su cadena conexa.
     
    La evaluación de los índices epidemiológicos se hará quincenalmente.

Resolución No. PLE-TCE-1-10-05-2021-EXT

En el Suplemento del Registro Oficial No. 454 de 18 de mayo de 2021, se publicó la Resolución No. PLE-TCE-1-10-05-2021-EXT, emitida por el Tribunal Contencioso Electoral, con la cual se expidió el Instructivo del Comité Editorial del Tribunal Contencioso Electoral y del Proceso para las Publicaciones.