Boletín semanal

2021May

Precios gasolina y diésel

Conforme a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 338, reformado en el Decreto 1183 y 1222 y, con base al sistema de bandas de los combustibles, los precios de venta al público para el periodo que va entre el 12 de mayo al 11 de junio serán:

  • Diésel Premium y diésel 2: $ 1,484 por galón.
  • Gasolina extra y extra con etanol: $ 1,999 por galón.
  • Gasolina súper: $ 3,00* por galón. La gasolina súper está liberalizada por lo que es el precio sugerido.

Acuerdo No. MINEDUC-MINEDUC-2021-00023-A

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 449 de 11 de mayo de 2021, se publicó el Acuerdo No. MINEDUC-MINEDUC-2021-00023-A, emitido por el Ministerio de Educación, con el cual se expidió la Política Educativa para el Fomento de la Lectura “Juntos Leemos”.

Resolución No. ARCERNNR-013/2021

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 448 de 10 de mayo de 2021, se publicó la Resolución No. ARCERNNR-013/2021, emitida por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, con la cual se expidió la Regulación “Marco normativo de la generación distribuida para autoabastecimiento de consumidores regulados de energía eléctrica”.

Resolución No. 088-IEPS-2020

En el Registro Oficial No. 449 de hoy, 11 de mayo de 2021, se publicó la Resolución No. 088-IEPS-2020, emitida por el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria, con la cual se expidieron las medidas antisoborno.

Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000025

El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000025 amplió los plazos para la presentación del Anexo de cuentas financieras de no residentes (Anexo CRS) cuya fecha de vencimiento sea entre el 10 y el 20 de mayo de 2021.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Se aprobó el ”Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos Personales”

El Pleno de la Asamblea Nacional 118 votos a favor, aprobó, en segundo debate, el ”Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos Personales”.

El texto aprobado será remitido al Presidente de la República, el cual tendrá el plazo de 30 días para emitir su objeción o sanción.

Se ratifica la aprobación de la Ley de Violencia Digital reformatoria al COIP excluyendo las reformas a los Arts. 178 y 178.1

El Pleno de la Asamblea Nacional, conoció una moción de reconsideración de la votación con respecto al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal, para Prevenir y Combatir la Violencia Sexual Digital y Fortalecer la Lucha contra los Delitos Informáticos, presentada por el Presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, por lo que, con 90 votos a favor se aprobó esta moción, por lo tanto se excluye las reformas a los artículos 178 y 178.1 del Código Orgánico Integral Penal.

Resolución No. 067-IEPS-2020

En el Registro Oficial No. 448 de hoy, 10 de mayo de 2021, se publicó la Resolución No. 067-IEPS-2020, emitida por el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria, con la cual se aprobó y expidió el “Procedimiento para la Participación en Espacios de Comercialización”.

Se aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Economía Circular Inclusiva

El Pleno de la Asamblea Nacional 101 votos a favor, aprobó, en segundo debate, el “Proyecto de Ley Orgánica de Economía Circular Inclusiva,” en la norma se plantea mecanismos de transición de la economía lineal a la economía circular inclusiva; determina las obligaciones y facultades del sector público, privado y de la economía popular y solidaria; define los principios para políticas, financiamiento y programas; fomenta la investigación y el desarrollo económico; reconoce la importancia de los recicladores de base y define las infracciones y sanciones, entre otros.

El texto aprobado será remitido al Presidente de la República, el cual tendrá el plazo de 30 días para emitir su objeción o sanción.

Sentencia No. 2390-16-EP/21

La Corte Constitucional del Ecuador mediante Sentencia No. 2390-16-EP/21, negó una acción extraordinaria de protección planteada en contra de la sentencia emitida por la Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha que resolvió en segunda instancia una acción de protección presentada en contra el Ministerio de Educación.

Concluyó que la sentencia impugnada no vulneró los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso en la garantía de motivación, por considerar que las accionantes recibieron una sentencia fundamentada respecto a la vulneración de sus derechos.

Sin embargo, en consideraciones adicionales, la Corte vio la necesidad de pronunciarse sobre qué sucede cuando, luego de que una primera AP es archivada por desistimiento tácito, se presenta una segunda AP y esta recibe sentencia. Ante lo cual, la Corte afirmó que la presentación de la segunda AP no significa que el juez deba negar la acción de manera automática, sino que debe considerar los hechos del caso en concreto y analizar la identidad de objeto, acción y pretensión de manera minuciosa.

El juez Hernán Salgado Pesantes, mediante voto concurrente, razonó sobre las formas de terminación de los procesos constitucionales y profundizó el análisis respecto de los escenarios ante los cuales es procedente la presentación de nueva acción de protección, luego de declarado el desistimiento tácito.

Resolución No. 098-IEPS-2020

En el Cuarto Suplemento del Registro Oficial No. 446 de 6 de mayo de 2021, se publicó la Resolución No. 098-IEPS-2020, emitida por el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria, con la cual se expidió el “Procedimiento para Gestión de Fase Preparatoria de los Procesos de Contratación de Régimen Común (Bienes y/o Servicios Normalizados) del IEPS”.

Se aprobó el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del COIP para Prevenir y Combatir la Violencia Sexual Digital y Fortalecer la Lucha contra los Delitos Informáticos

El Pleno de la Asamblea Nacional 107 votos a favor, aprobó, en segundo debate, el “con 107 votos afirmativos, el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal, para Prevenir y Combatir la Violencia Sexual Digital y Fortalecer la Lucha contra los Delitos Informáticos”.

El texto aprobado será remitido al Presidente de la República, el cual tendrá el plazo de 30 días para emitir su objeción o sanción.

Sentencia No. 33-20-IN/21 y acumulados

La Corte Constitucional del Ecuador mediante Sentencia No. 33-20-IN/21 y acumulados, con voto unánime, declaró la inconstitucionalidad por la forma del Acuerdo Ministerial Nro. 179 del Ministerio de Defensa Nacional que contiene el “Reglamento del Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza por parte de los Miembros de las Fuerzas Armadas”; la inconstitucionalidad por el fondo del artículo innumerado posterior al artículo 11 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado (LSPE) y desestimó la pretensión de inconstitucionalidad del artículo 35 del mismo cuerpo legal.

La Corte consideró que el Acuerdo Ministerial Nro. 179 es inconstitucional por la forma al contravenir el principio de reserva de ley orgánica, previsto en los artículos 132 y 133 numerales 1 y 2 de la Constitución de la República (CRE), ya que genera consecuencias directas en el ejercicio de los derechos a la vida e integridad personal. Asimismo, precisó que al expedir el Acuerdo Ministerial, el ministro de Defensa excedió las atribuciones conferidas a las ministras y ministros de Estado, previstas en el artículo 154 de la CRE.

En relación con el artículo innumerado, a continuación del artículo 11 de la LSPE, referente a la complementariadad de acciones de las Fuerzas Armadas (FFAA) a la Policía Nacional (PN) en materia de seguridad interna y orden público la Corte lo declaró inconstitucional porque al ser indeterminado contraviene el artículo 158 de la CRE, el cual establece competencias privativas para ambas entidades de la Fuerza Pública. 

El Organismo consideró que la intervención complementaria de las FFAA, en el control del orden público y seguridad ciudadana debe ser: 

(i) extraordinaria; 
(ii) subordinada y complementaria; 
(iii) regulada; y, 
(iv) fiscalizada

Y debe realizarse dentro de un estado de excepción, en estricto apego a la ley y bajo órdenes de la autoridad civil –Presidente de la República–.

Acuerdo No. 009-21

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 445 de 5 de mayo de 2021, se publicó el Acuerdo No. 009-21, emitido por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el cual se expidió, aprobó y oficializó el Reglamento Operativo del Proyecto “Soluciones de Vivienda para Hogares Pobres y Vulnerables”.

Resolución No. SENAE-SENAE-2021-0047-RE

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 445 de 5 de mayo de 2021, se publicó la Resolución No. SENAE-SENAE-2021-0047-RE, emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se expidió el listado de bienes admisibles al régimen de menaje de casa.