Boletín semanal

2021Mar

Resoluciones COE Nacional 22 de marzo de 2021

El COE Nacional, en sesión permanente de lunes 22 de marzo de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1.- Levantar la suspensión emitida a 15 Instituciones Educativas cuyos pilotajes se encontraban autorizados, los mismos podrán retomar clases semipresenciales a partir del martes 23 de marzo 2021, en estricto apego a los protocolos de bioseguridad, planes presentados y aprobados por la autoridad en materia de educación y salud.

2.- Exhortar a los 221 Gobiernos Autónomos Descentralizados, acoger las siguientes recomendaciones durante el feriado nacional en conmemoración del Viernes Santo, que regirá el 02, 03 y 04 de abril de 2021.

Se hace énfasis a las autoridades de los siguientes GAD’s: Guayaquil, Quito, Manta, Portoviejo, El Carmen, Santo Domingo de los Tsáchilas, Puyo, Nueva Loja, Tena, Salinas, General Villamil Playas, Chone, Santa Ana, Loja, Zaruma, Rocafuerte, Sucre, Macará, Ambato, Babahoyo, Santa Elena (Montañita), a acoger las siguientes recomendaciones, en función de las incivilidades registradas en feriados anteriores, la tasa de incidencia de los contagios y el nivel de ocupación de camas hospitalarias y UCI en sus jurisdicciones:

a. Control y respeto de aforos en el transporte público; en los GAD que tienen la competencia de tránsito se deberán generar los análisis de movilidad en su territorio.
b. Establecer las normas para controlar los aforos en los diferentes espacios públicos (parques, plazas, avenidas); y, comerciales (centros comerciales, áreas comunes de hoteles, restaurantes).

c. Establecer estrategias que permitan minimizar las aglomeraciones que se generan en sus jurisdicciones. Así como, el control del comercio autónomo regulado y no regulado.

d. Mantener cerradas las actividades comerciales que se realizan en espacios que no garantizan distanciamiento social tales como: bares discotecas, centros de tolerancia, centros de diversión nocturna y afines. En aquellas jurisdicciones, en las que ya que se ha autorizado su apertura, se debe regular, los aforos y horarios de funcionamiento.

e. Permitir la apertura de las diferentes Áreas Protegidas en sus jurisdicciones, en virtud de que, por ser espacios abiertos naturales, permiten mantener el distanciamiento social necesario.

f. Establecer horarios, aforos y controles correspondientes para el consumo de bebidas alcohólicas en las playas durante el feriado.

3.- Ratificar la prohibición del desarrollo de eventos públicos masivos a nivel nacional, más aún durante el 02, 03 y 04 de abril de 2021; se recuerda que ninguna Intendencia, emitirá permiso para el efecto.

4.- Ratificar el libre tránsito y movilidad del transporte terrestre en la Red Vial Estatal del Ecuador.

5.- Exhortar a la ciudadanía en general para extremar la aplicación de las medidas de prevención (uso de mascarilla, respeto de los aforos, distanciamiento social, no concurrir a sitios sin ventilación). En caso de decidir viajar fuera de sus lugares habituales de residencia, preferir los lugares y espacios abiertos ventilados, y; hacerlo en compañía de las personas con quienes convive.

6.- Exhortar a la ciudadanía en general para que no se realicen reuniones familiares ampliadas con el objetivo de evitar la propagación de la COVID -19.

7.- Agradecer a la Conferencia Episcopal Ecuatoriana por mantener sus actos litúrgicos a propósito de la “Semana Santa” en modalidad virtual y, su ratificación de mantener suspendidas procesiones y todas las actividades que generen aglomeraciones.

Sentencia No. 1959-16-EP/21

La Corte Constitucional del Ecuador con Sentencia No. 1959-16-EP/21, analiza si en el marco de una acción de protección se vulneraron los derechos constitucionales de la accionante, quien sostiene que sí acudió a la audiencia pública convocada por la judicatura de primera instancia y que, por ello, no se debió declarar el desistimiento tácito de la acción. En la sentencia se acepta la acción extraordinaria de protección ante la decisión de las judicaturas accionadas de declarar el desistimiento tácito sin justificar si la presencia de la accionante era indispensable para determinar la alegada vulneración de derechos constitucionales.

Acuerdo No. 134

En el Registro Oficial 415 de hoy, 22 de marzo de 2021 se publicó el Acuerdo No. 134, emitido por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, se estableció el precio mínimo de sustentación para la caja de plátano (Barraganete) de 50 libras, para el año 2021 en USD$ 7.31.

Resolución No. 021-2021

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial 414 de 19 de marzo de 2021 se publicó la Resolución No. 021-2021, emitida por el Consejo de la Judicatura, con la cual se expidió el Reglamento de la Escuela de la Función Judicial.

Acuerdo No. 002-CG-2021

En el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 413 de 18 de marzo de 2021 se publicó la Acuerdo No. 002-CG-2021, emitida por la Contraloría General del Estado, expidió el Reglamento de suscripción de documentos.

Salario digno para el año 2020

El Ministerio del Trabajo, mediante Acuerdo No. MDT- 2021-087, determinó el valor del salario digno para el año 2020 y regular el procedimiento para el pago de la compensación económica.

Conforme lo establecido en el artículo 8 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, se calcula el salario digno para el año 2020 en $447,02 (cuatrocientos cuarenta y siete dólares de los Estados Unidos de América con 02/100).

Resolución No. CNIG-ST-2021-007

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial 412 de 17 de marzo de 2021 se publicó la Resolución No. CNIG-ST-2021-007, emitida por el Consejo Nacional para la Igualdad de Género, con la cual se expidió el Instructivo de Funcionamiento del Comité de Gestión de la Calidad de Servicio y Desarrollo Institucional.

Resolución COE Nacional 17 de marzo de 2021

El COE Nacional, en sesión permanente de miércoles 17 de marzo de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

  1. Aprobar los ” Lineamientos para Puntos de Entrada por Vía Aérea al Ecuador”, presentados por el Ministerio de Salud Pública (ANEXO); los mismos, entrarán en vigencia a partir de las 00H00 horas del lunes 22 de marzo 2021.

El Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, generarán el instrumento jurídico que corresponda para llevar a cabo su operatividad.

Sentencia No. 2064-14-EP/21

La Corte Constitucional del Ecuador con Sentencia No. 2064-14-EP/21, se analiza si existe vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía a recurrir el fallo y a la motivación, al principio de non reformatium in pejus, al derecho a la defensa; y, a la tutela judicial efectiva en la sentencia de segundo nivel, misma que resolvió revocar la decisión de primer nivel y declaró sin lugar la acción de hábeas data planteada en contra de una persona natural que poseía fotografías íntimas y personales de la actora. La Corte decide entrar al mérito del caso y encuentra que hubo violación al derecho a la protección de datos personales y autodeterminación informativa, a la imagen, a la honra y buen nombre e intimidad.

Resolución No. SENAE-SENAE-2021-0018-RE

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial 411 de 16 de marzo de 2021 se publicó la Resolución No. SENAE-SENAE-2021-0018-RE, emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador – SENAE, expidió las consideraciones generales para el pago de las obligaciones aduaneras pecuniarias a través de la página web del SENAE.

No se aprobaron las reformas a la Constitución

El Pleno de la Asamblea Nacional, en sesión virtual No. 696, la noche de ayer, no aprobó en segundo debate el proyecto de reformas a la Constitución planteado por el Comité por la Institucionalización Democrática, que iba orientado a la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social; el rediseño de la Asamblea Nacional, a través del sistema bicameral; y la autonomía de la Fiscalía para que salga del control de la Función Judicial.

Se votó artículo por artículo las 35 mociones realizadas y no se alcanzó los votos necesarios para la aprobación.

El Legislativo de esta manera se pronunció respecto de la reforma a 27 artículos de la Constitución, 1 disposición derogatoria, 2 transitorias, 4 generales y 1 final, en total 35 articulos, en los cuales no constó el tema de la bicameralidad, tomando en cuenta que el informe de la Comisión sugirió se excluya este tema.

Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2021-0002

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial 411 de 16 de marzo de 2021 se publicó la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2021-0002, emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, con la cual se expiden las normas de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos.

Acuerdo No. 00148-2021

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial 410 de 15 de marzo de 2021 se publicó el Acuerdo No. 00148-2021, emitido por el Ministerio de Salud Pública, con el cual se expidió el Reglamento para el uso terapéutico, prescripción y dispensación del cannabis medicinal y productos farmacéuticos que contienen cannabinoides.

Ley Reformatoria a la Ley de Creación de la Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López.

En el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 410 de 15 de marzo de 2021 se publicó la Ley Reformatoria a la Ley de Creación de la Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López.

Resolución No. 05-2021

En el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 409 de 12 de marzo de 2021 se publicó la Resolución No. 05-2021, emitida por la Corte Nacional de Justicia, en la que se dispone que en los juicios individuales de trabajo, en los que las personas trabajadoras en estado de embarazo o asociado a su condición de gestación o maternidad, así como por los dirigentes sindicales en cumplimiento de sus funciones demanden la declaratoria de Ineficacia del despido previsto en los articulas 195.1, 195.2 y 195.3 del Código del Trabajo, las juezas y los jueces, que el calificar la demanda, evidencien que a más de la pretensión exclusiva de esta norma, la o el accionario incorpore otras pretensiones relativas a derechos laborales, admitirán a trámite la demanda únicamente en lo que respecta a la declaratoria del despido ineficaz, dejando a salvo en la misma calificación el derecho de la persona trabajadora a reclamar por vía separada los demás beneficios laborales.

La presente resolución tendrá el carácter de general y obligatoria mientras la Ley no disponga lo contrario y entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.