Boletín semanal

2020Sep

Acuerdo No. MDT-2020-181

El Ministerio del Trabajo expidió el Acuerdo No. MDT-2020-181, mediante el cual se emitieron las directrices para la aplicación del teletrabajo en el Código del Trabajo, conforme lo establecido en la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19.

Está norma es de obligatorio cumplimiento para todos los empleadores y trabajadores, cuyos contratos de trabajo, nuevos o ya existentes y celebrados al tenor de las normas del Código del Trabajo, que apliquen esta modalidad.

Resolución No. SM-2020-71

El Secretario de Movilidad del Municipio de Quito, mediante Resolución No. SM-2020-71 expidió el instructivo para la implementación del plan de restricción y Regularización de circulación vehicular denominado “Hoy Circula”.

El presente Instructivo tiene por objeto regular la aplicación de las disposiciones normativas establecidas en el Capítulo III sobre Restricción de Circulación Vehicular de la Resolución No. A-060 de conformidad a las normas señaladas en el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.

Se incluyen los siguientes anexos:

Anexo 1: Vehículos que sí necesitan salvoconducto para circular dentro de la restricción vehicular.

Anexo 2: Instructivo para emisión de Salvoconductos.

Regulaciones COE Cantonal de Guayaquil post estado de excepción

El COE Cantonal de Guayaquil, con motivo de la próxima culminación del estado de excepción a nivel nacional, emitió las regulaciones que regirán dentro de su jurisdicción, entro lo principal se destaca:

  • Se mantiene la prohibición de desarrollo de eventos o espectáculos públicos de concurrencia masiva;
  • Se autoriza el funcionamiento de salones de eventos y hoteles y salas de cine con un aforo del 30%;
  • El transporte público funcionará con el 50% del aforo de su capacidad de usuarios sentados;
  • Los taxis operarán con máximo 3 pasajeros;
  • La circulación de vehículos particulares será según el último dígito de la placa y será de la siguiente manera:
    Lunes, miércoles y viernes: Impar
    Martes, jueves y sábado: Par
    Domingos: Circulación libre
  • Los locales comerciales y restaurantes funcionarán hasta con el 75% de aforo.
  • Se mantiene la prohibición de apertura de bares, discotecas, centros de diversión nocturna y toda actividad que no garantice el distanciamiento social, medida que será revisada conforme evolucione la crisis sanitaria.

Resoluciones COE Nacional 10 y 11 de septiembre

El COE Nacional, publicó las Resoluciones de jueves 10 y viernes 11 de septiembre de 2020.

Resolución No. 041-DE-ANT-2020

El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito, mediante Resolución No. 041-DE-ANT-2020, prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de licencias de conducir que caducaron durante el estado de excepción decretado por motivo de la pandemia de COVID-19.

Se indica que no habrá multa respecto de las licencias que caducaron durante el estado de excepción siempre que se cuente con el pago de la licencia y con un turno impreso para la renovación de la misma.

Acuerdos Ministerio del Trabajo

El Ministerio del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19, emitió los siguientes Acuerdos:

Se expiden las excepciones para la aplicación del Capítulo III de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19.

Se expiden las directrices para el registro de las modalidades y acuerdos laborales establecidos en la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19 para los trabajadores del sector público.

Se expiden las directrices para la aplicación en el sector público, de la reducción emergente de la jornada de trabajo, establecida en la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19.

Se reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-077 de 15 de marzo de 2020, mediante el cual se expiden las directrices para la aplicación de la reducción, modificación o suspensión emergente de la jornada laboral durante la declaratoria de emergencia sanitaria.

Resolución No. A-060

El Alcalde de Quito, con Resolución No. A-060, emitió las medidas transitorias aplicables en el D.M. de Quito con posterioridad a la terminación del Estado de Excepción decretado por la administración pública central en el contexto de la pandemia del COVID-19.

Se establece las reglas para el uso de bienes de dominio público y espacio público, así como también restricción de deportes y otras actividades en bienes de uso y dominio público, el transporte terrestre y las actividades sujetas al régimen de licenciamiento y sus respectivas sanciones.

También se indica la aplicación del Plan de restricción vehicular “HOY CIRCULA”, en donde se establece el siguiente calendario para movilización de vehículos:

CIRCULAN EN MESES IMPARES: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre

Lunes, miércoles, y viernes: Último dígito de placa impar

Martes, jueves y sábado: Último dígito de placa par y 0.

Domingos y feriados oficiales: Todos los dígitos

CIRCULAN EN MESES PARES: febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre

Lunes, miércoles, y viernes: Último dígito de placa par y 0

Martes, jueves y sábado: Último dígito de placa impar.

Domingos y feriados oficiales: Todos los dígitos

Se indica sobre la emisión de los salvoconductos sujetos al plan “Hoy circula” y sus respectivas sanciones.

Normas Ecuatorianas para el Buen Gobierno Corporativo

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0013, emitió las Normas Ecuatorianas para el Buen Gobierno Corporativo.

Se indica que, sin perjuicio de la obligatoriedad de cumplimiento de todo lo dispuesto en el ordenamiento jurídico nacional, las compañías mercantiles cualquiera que sea su especie, sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros podrán aplicar las disposiciones del “Normas Ecuatorianas para el Buen Gobierno Corporativo”, total o parcialmente, siendo su aplicación de carácter obligatorio cuando así se haya dispuesto en el respectivo estatuto social.

Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000055

El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000055, emitió las normas para el registro, declaración y pago del IVA por parte de los prestadores de servicios digitales no residentes calificados como agentes de percepción del IVA, generado en las importaciones de servicios digitales realizadas por residentes fiscales en Ecuador o establecimientos permanentes de no residentes en Ecuador.

Las normas previstas en esta Resolución rigen exclusivamente para los referidos agentes de percepción no residentes; por lo tanto, los prestadores de servicios digitales residentes fiscales en Ecuador no se encuentran dentro de su ámbito y deberán aplicar las normas generales previstas en la normativa tributaria para el efecto.

Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0012

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros  mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0012, emitió el Reglamento de las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.).

La sociedad por acciones simplificadas es un tipo de compañía que se constituye por una o varias personas naturales o jurídicas, mediante un trámite simplificado sin costo. Tiene como objetivo impulsar la economía mediante la formalización de los emprendimientos, constituyéndolos en sujetos de crédito y con ello ampliar sus procesos productivos.

Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000054

El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000054, estableció las normas para la aplicación de la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020, según lo establecido en el Decreto No. 1137, publicado en el Suplemento al Registro Oficial Nro. 281 del 03 de septiembre de 2020.

Dictamen No. 5-20-EE/A

La Corte Constitucional del Ecuador, mediante Dictamen No. 5-20-EE/A, declaró la constitucionalidad del Decreto No. 1137, que dispuso la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020.

Dispuso también que en el término de 30 días a partir de que fenezca el estado de excepción, el Gobierno Nacional deberá informar a la Corte Constitucional el monto recaudado mediante el mecanismo dispuesto en el Decreto No. 1137 y el destino de dichos rubros.

PROTOCOLO POST- COVID-19 PARA EL RETORNO SEGURO A LA COMPETENCIA DE TENIS

Su objetivo es lograr el retorno a la competencia de tenis en sus diferentes disciplinas, de forma progresiva y segura, ajustándose a la semaforización vigente, cumpliendo las disposiciones decretadas por las instituciones del Estado, las Pautas de la ITF y las normativas de la Federación Ecuatoriana de Tenis establecida en este documento, así como en el Reglamento que establece las medidas y protocolos para evitar contagios y la propagación de la COVID-19.

Resoluciones COE Nacional 1 de septiembre de 2020

El COE Nacional, publicó las Resoluciones de martes 1 de septiembre de 2020, en donde por unanimidad de los miembros plenos, se decidió:

1) Los parámetros de semaforización vigentes en el mes de agosto, regirán durante el mes de septiembre, mientras tenga vigencia el estado de excepción. Se dan por finalizadas las medidas especiales restrictivas para los cantones en amarillo de las siguientes provincias: Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe, con excepción de la prohibición del desarrollo de reuniones sociales.

Se levantan adicionalmente las restricciones de aforos de 30% en restaurantes y centros comerciales en el Distrito Metropolitano de Quito, los cuales se incrementarán al 50%, de conformidad a los demás cantones con semáforo “amarillo”.

La presente disposición estará vigente mientras dure el estado de excepción y, una vez que fenezca, el COE Nacional seguirá dirigiendo la emergencia en el marco de sus competencias y atribuciones, en coordinación con las instituciones del ejecutivo y los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

2) Autorizar bajo la figura de Plan Piloto la solicitud de reapertura progresiva de los balnearios públicos municipales Termas de la Virgen, Termas del Salado y Termas de Santa Ana, del Cantón Baños de Agua Santa; la misma, deberá efectuarse en estricto apego a las recomendaciones emitidas por la “Mesa Técnica de Trabajo 2 Salud” y el protocolo presentado para el efecto.

3) Aprobar el «Protocolo post-covid-19 para el retorno seguro a la competencia del tenis» presentado por la Federación Ecuatoriana de Tenis con el aval de la Secretaría de Deporte.

4) Ante los hechos ocurridos el 29 de agosto en la parroquia del Centro Histórico de Quito, en la que resultaron agredidos miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Funcionarios Municipales, se acordó:

a. Condenar los actos de violencia suscitados en esta parroquia del Distrito Metropolitano de Quito, en la fecha indicada.
b. Solidarizarse con los miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Funcionarios Municipales, víctimas de estas agresiones e instar a las autoridades correspondientes, iniciar las acciones legales a fin de establecer sanciones en virtud del marco legal vigente.

Decreto No. 1137

El Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 1137,  dispuso la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020, con la finalidad de cubrir los principales valores pendientes de pago al sector salud, así como también las necesidades sanitarias provocadas por la pandemia COVID-19.