2020Sep
Resolución No. A-060
El Alcalde de Quito, con Resolución No. A-060, emitió las medidas transitorias aplicables en el D.M. de Quito con posterioridad a la terminación del Estado de Excepción decretado por la administración pública central en el contexto de la pandemia del COVID-19.
Se establece las reglas para el uso de bienes de dominio público y espacio público, así como también restricción de deportes y otras actividades en bienes de uso y dominio público, el transporte terrestre y las actividades sujetas al régimen de licenciamiento y sus respectivas sanciones.
También se indica la aplicación del Plan de restricción vehicular “HOY CIRCULA”, en donde se establece el siguiente calendario para movilización de vehículos:
CIRCULAN EN MESES IMPARES: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre
Lunes, miércoles, y viernes: Último dígito de placa impar
Martes, jueves y sábado: Último dígito de placa par y 0.
Domingos y feriados oficiales: Todos los dígitos
CIRCULAN EN MESES PARES: febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre
Lunes, miércoles, y viernes: Último dígito de placa par y 0
Martes, jueves y sábado: Último dígito de placa impar.
Domingos y feriados oficiales: Todos los dígitos
Se indica sobre la emisión de los salvoconductos sujetos al plan “Hoy circula” y sus respectivas sanciones.
Normas Ecuatorianas para el Buen Gobierno Corporativo
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0013, emitió las Normas Ecuatorianas para el Buen Gobierno Corporativo.
Se indica que, sin perjuicio de la obligatoriedad de cumplimiento de todo lo dispuesto en el ordenamiento jurídico nacional, las compañías mercantiles cualquiera que sea su especie, sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros podrán aplicar las disposiciones del «Normas Ecuatorianas para el Buen Gobierno Corporativo», total o parcialmente, siendo su aplicación de carácter obligatorio cuando así se haya dispuesto en el respectivo estatuto social.
Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000055
El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000055, emitió las normas para el registro, declaración y pago del IVA por parte de los prestadores de servicios digitales no residentes calificados como agentes de percepción del IVA, generado en las importaciones de servicios digitales realizadas por residentes fiscales en Ecuador o establecimientos permanentes de no residentes en Ecuador.
Las normas previstas en esta Resolución rigen exclusivamente para los referidos agentes de percepción no residentes; por lo tanto, los prestadores de servicios digitales residentes fiscales en Ecuador no se encuentran dentro de su ámbito y deberán aplicar las normas generales previstas en la normativa tributaria para el efecto.
Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0012
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0012, emitió el Reglamento de las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.).
La sociedad por acciones simplificadas es un tipo de compañía que se constituye por una o varias personas naturales o jurídicas, mediante un trámite simplificado sin costo. Tiene como objetivo impulsar la economía mediante la formalización de los emprendimientos, constituyéndolos en sujetos de crédito y con ello ampliar sus procesos productivos.
Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000054
El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000054, estableció las normas para la aplicación de la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020, según lo establecido en el Decreto No. 1137, publicado en el Suplemento al Registro Oficial Nro. 281 del 03 de septiembre de 2020.
Dictamen No. 5-20-EE/A
La Corte Constitucional del Ecuador, mediante Dictamen No. 5-20-EE/A, declaró la constitucionalidad del Decreto No. 1137, que dispuso la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020.
Dispuso también que en el término de 30 días a partir de que fenezca el estado de excepción, el Gobierno Nacional deberá informar a la Corte Constitucional el monto recaudado mediante el mecanismo dispuesto en el Decreto No. 1137 y el destino de dichos rubros.
PROTOCOLO POST- COVID-19 PARA EL RETORNO SEGURO A LA COMPETENCIA DE TENIS
Su objetivo es lograr el retorno a la competencia de tenis en sus diferentes disciplinas, de forma progresiva y segura, ajustándose a la semaforización vigente, cumpliendo las disposiciones decretadas por las instituciones del Estado, las Pautas de la ITF y las normativas de la Federación Ecuatoriana de Tenis establecida en este documento, así como en el Reglamento que establece las medidas y protocolos para evitar contagios y la propagación de la COVID-19.
Resoluciones COE Nacional 1 de septiembre de 2020
El COE Nacional, publicó las Resoluciones de martes 1 de septiembre de 2020, en donde por unanimidad de los miembros plenos, se decidió:
1) Los parámetros de semaforización vigentes en el mes de agosto, regirán durante el mes de septiembre, mientras tenga vigencia el estado de excepción. Se dan por finalizadas las medidas especiales restrictivas para los cantones en amarillo de las siguientes provincias: Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe, con excepción de la prohibición del desarrollo de reuniones sociales.
Se levantan adicionalmente las restricciones de aforos de 30% en restaurantes y centros comerciales en el Distrito Metropolitano de Quito, los cuales se incrementarán al 50%, de conformidad a los demás cantones con semáforo “amarillo”.
La presente disposición estará vigente mientras dure el estado de excepción y, una vez que fenezca, el COE Nacional seguirá dirigiendo la emergencia en el marco de sus competencias y atribuciones, en coordinación con las instituciones del ejecutivo y los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
2) Autorizar bajo la figura de Plan Piloto la solicitud de reapertura progresiva de los balnearios públicos municipales Termas de la Virgen, Termas del Salado y Termas de Santa Ana, del Cantón Baños de Agua Santa; la misma, deberá efectuarse en estricto apego a las recomendaciones emitidas por la “Mesa Técnica de Trabajo 2 Salud” y el protocolo presentado para el efecto.
3) Aprobar el «Protocolo post-covid-19 para el retorno seguro a la competencia del tenis» presentado por la Federación Ecuatoriana de Tenis con el aval de la Secretaría de Deporte.
4) Ante los hechos ocurridos el 29 de agosto en la parroquia del Centro Histórico de Quito, en la que resultaron agredidos miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Funcionarios Municipales, se acordó:
a. Condenar los actos de violencia suscitados en esta parroquia del Distrito Metropolitano de Quito, en la fecha indicada.
b. Solidarizarse con los miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Funcionarios Municipales, víctimas de estas agresiones e instar a las autoridades correspondientes, iniciar las acciones legales a fin de establecer sanciones en virtud del marco legal vigente.
Decreto No. 1137
El Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 1137, dispuso la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020, con la finalidad de cubrir los principales valores pendientes de pago al sector salud, así como también las necesidades sanitarias provocadas por la pandemia COVID-19.
Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social
En el Suplemento del Registro Oficial 279 de martes 1 de septiembre de 2020, se publicó la LEY REFORMATORIA DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, con la cual se agrega el artículo 247.1 que tiene que ver con el acceso permanente y actualizado a la información personal de la seguridad social.
2020Ago
Protocolo de seguridad y salud en el trabajo para el sector público y privado
El COE Nacional publicó en la página oficial del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias el Protocolo de seguridad y salud en el trabajo para el sector público y privado.
El objetivo general de este Protocolo será brindar lineamientos técnicos que contribuyan efectivamente en la prevención del contagio, vigilancia, seguimiento y control de los trabajadores y servidores en las actividades laborales, a fin de precautelar la salud de la población trabajadora de forma que se mantenga la productividad.
El presente documento es de aplicación para todos los empleadores, trabajadores y servidores del sector público y privado, en todo el territorio nacional.
Decreto No. 1134
El Presidente de la República, mediante Decreto No. 1134 dispuso reconocer la validez hasta el 28 de febrero de 2021 de los pasaportes ordinarios de las personas ecuatorianas que se encuentren en el exterior en aquellos casos cuya caducidad se haya producido a partir del 16 de marzo de 2020.
También se dispuso la emisión de un certificado electrónico de validez del pasaporte ordinario, sin costo, para las personas ecuatorianas que se encuentren en el exterior, para fines de constancia ante autoridades extranjeras.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, deberá informar a las autoridades extranjeras sobre el contenido del presente Decreto.
Catastro Provisional de Prestadores de Servicios Digitales.
El Servicio de Rentas Internas de conformidad con la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000053, mediante la cual se emitieron las normas para la retención, declaración y pago del IVA, generado en la importación de servicios digitales que sean prestados por sujetos sin residencia fiscal en Ecuador, en favor de residentes o establecimientos permanentes de sociedades no residentes en Ecuador, publicó en su portal web el Catastro Provisional de Prestadores de Servicios Digitales.
Dictamen No. 5-20-EE/20
La Corte Constitucional del Ecuador, mediante Dictamen No. 5-20-EE/20, declaró la constitucionalidad del decreto ejecutivo No. 1126, de 14 de agosto de 2020, que contiene la renovación por 30 días del estado de excepción en todo el territorio nacional por calamidad pública debido a la pandemia producto del COVID-19, bajo el cumplimiento de varios parámetros, entre los cuales se destaca que, tras haber realizado varios exhortos a las autoridades nacionales y seccionales para transitar paulatinamente a un régimen ordinario apto para enfrentar al COVID-19, transcurrido este período de 30 días de renovación del estado de excepción la Corte Constitucional no admitirá una nueva declaratoria sobre los mismos hechos que han configurado calamidad pública en dos ocasiones previas con sus respectivas renovaciones.
Se aprobó el Código Orgánico de Salud
El Pleno de la Asamblea Nacional, en sesión virtual No. 592, el día de hoy, aprobó con 79 votos afirmativos el Código Orgánico de Salud.
Se mocionó que la votación sea de forma integral y se autorice a Secretaría General realizar los ajustes o cambios de forma y la reenumeración del articulado, previo al envío al ejecutivo.
Una vez aprobada la Ley por el Legislativo, el texto final será enviado al Presidente de la República para su objeción u sanción.