Boletín semanal

2022Nov

Resolución No. 67-FGE-2022

En el Suplemento del Registro Oficial 180 de 31 de octubre de 2022, se publicó la Resolución No. 67-FGE-2022, emitida por la Fiscalía General del Estado, con la que se expide Resolución para la delegación a las y a los Fiscales Provinciales de la atención de las solicitudes de acceso a la información pública en sus respectivas jurisdicciones territoriales.

Acuerdo No. MPCEIP-SRP-2022-0090-A

En el Suplemento del Registro Oficial 180 de 31 de octubre de 2022, se publicó el Acuerdo No. MPCEIP-SRP-2022-0090-A, emitido por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, con el que se establecen las medidas de ordenamiento, regulación y control para seguimiento y embarcaciones de bandera ecuatoriana que proyecten realizar actividades pesqueras mediante red de cerco dirigidas al recurso atún en el área de la WCPFC.

Circular No. NAC-DGECCGC22-00000004

En el Segundo Segundo Suplemento del Registro Oficial 180 de 31 de octubre de 2022, se publicó la Circular No. NAC-DGECCGC22-00000004, emitida por el Servicio de Rentas Internas, con la que se informa a los sujetos pasivos de impuesto a la renta y a los sujetos pasivos de impuestos administrados por el SRI, sobre la deducibilidad de pagos a representantes legales, mandatarios o administradores.

Decreto No. 587

El 31 de octubre de 2022, se emitió el Decreto No. 587, por parte de la Presidencia de la República, con el que se designa al señor Fernando Santos Alvite como Ministro de Energía y Minas.

Decreto No. 586

El 31 de octubre de 2022, se emitió el Decreto No. 586, por parte de la Presidencia de la República, con el que se expiden reformas a varios cuerpos normativos en materia de política comercial, inversiones y fiscal para el desarrollo económico.

2022Oct

Gobierno presenta nuevas preguntas a la Corte Constitucional

El ministro de Gobierno Francisco Jiménez, entregó a la Corte Constitucional del Ecuador 3 preguntas finales de la Consulta Popular para su respectivo pronunciamiento, el texto de las preguntas es el siguiente:

1.- ¿Está usted de acuerdo con destinar los valores comisados de las infracciones de lavado de activos, terrorismo y su financiación, trata de personas, tráfico de migrantes y delitos relacionados con sustancias sujetas a fiscalización a programas de educación con énfasis en niñez y adolescencia, reformando el artículo 557 del Código Orgánico Integral Penal de conformidad con lo previsto en el Anexo 1?

2.- ¿Está usted de acuerdo con tipificar el delito de extorsión por delincuencia organizada, para que se sancione con pena privativa de la libertad de siete a diez años a quienes obligan a efectuar negocios con intimidación por pertenecer a un grupo de delincuencia organizada, reformando el Código Orgánico Integral Penal de conformidad con el Anexo 2?

3.- ¿Está usted de acuerdo con brindar una deducción adicional del 100% en el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta para quienes emplean a personas de 45 años o más, reformando la Ley de Régimen Tributario Interno de conformidad con el Anexo 3?

Acuerdo No. MIDUVI-MIDUVI-2022-0018-A

En el Registro Oficial No. 180 del 31 de octubre de 2022, se publicó  Acuerdo No. MIDUVI-MIDUVI-2022-0018-A, emitido por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda,  mediante la cual se emitió el Instructivo para la Suscripción de Convenios de Cooperación Interinstitucionales, Notas Revérsales, Acuerdos de Cooperación y Asistencias Técnicas u Otros Instrumentos Técnicos.

La presente normativa administrativa tiene por objeto establecer las disposiciones relativas al procedimiento para formular; suscribir y registrar; seguimiento y control; y, liquidación y cierre de Convenios de Cooperación Interinstitucionales, Notas Revesarles, Acuerdos de Cooperación o Asistencias Técnicas o algún instrumento de carácter técnico o legal, que suscriba el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, con personas jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, para el cumplimiento de las competencias, facultades y atribuciones del MIDUVI.

Sentencia No. 110-21-IN/22 y acumulados.

El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, con Sentencia No. 110-21-IN/22 y acumulados, examina la constitucionalidad por la forma y por el fondo de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y la Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19.

Una vez efectuado el análisis, la Corte Constitucional concluye que ciertos aspectos del Decreto-Ley contravienen el principio de unidad de materia; que el rango correspondiente a negocios populares de la tarifa del RIMPE contraviene principios tributarios reconocidos en el artículo 300 de la Constitución; que eximir a las personas que se acojan al Régimen Impositivo de Regularización de Activos de la investigación de ciertos delitos contraviene el artículo 195 de la Constitución; y, que la exención del pago del impuesto a la herencia a quienes mantienen un vínculo de primer grado de consanguinidad con el causante o al cónyuge sobreviviente, en caso de no existir hijos que accedan a la masa hereditaria, contraviene el derecho a la igualdad y no discriminación.

Resolución No. UAFE-DG-2022-0577

En el Registro Oficial No. 179 del 28 de octubre de 2022, se publicó  la Resolución No. UAFE-DG-2022-0577, emitida por la Unidad de Análisis Financiero y Económico – UAFE, mediante la cual resuelve reformar la Resolución No. UAFE-DG-2022-0 131 de 8 de abril de 2022 por la cual se notifico a los Proveedores de servicios de activos virtuales que son las personas naturales y las personas jurídicas, que en nombre de otra persona natural o jurídica, como Sujetos Obligados a Reportar a la UAFE.

Resolución NAC-DGERCGC22-00000053

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 178 del 27 de octubre de 2022, se publicó  la Resolución NAC-DGERCGC22-00000053, por parte del Servicio De Rentas Internas, mediante la cual resuelve expedir el Refórmese el Instructivo para la aplicación de la transacción en materia tributaria (Versión 1.0), la Resolución NACDGERCGC22-00000036 y la Resolución NACDGERCGC15-00000249 y sus reformas, a fin de adecuar las disposiciones sobre la transacción en materia tributaria.

Dictamen No. 6-22-RC/22

El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, con emitió el Dictamen No. 6-22-RC/22, a través del cual determinó la vía correspondiente para la tramitación de dos propuestas de enmienda planteadas por el presidente de la República y determinó que la vía de enmienda propuesta por el presidente de la República es procedente para tramitar las dos propuestas planteadas.

Este dictamen de procedimiento corresponde al primer momento de actuación de la Corte Constitucional en el marco de propuestas de modificación constitucional. Procede ahora a la Corte Constitucional iniciar el segundo momento, en el cual emitirá una sentencia de constitucionalidad a través de la cual realizará un control previo de constitucionalidad de los considerandos y de las preguntas 1 y 2 de la presente propuesta planteada por el presidente de la República.

Acuerdo Interministerial No. MAATE-MAG-2022-003

En el Tercer Suplemento del Registro Oficial 177 de 26 de octubre de 2022, se publicó el Acuerdo Interministerial No. MAATE-MAG-2022-003, emitido por el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica y de Agricultura y Ganadería, con el que se expide la Norma técnica para la emisión del certificado de procedencia legal y el certificado voluntario de buenas prácticas forestales de productos maderables y no maderables.

Acuerdo No. MAATE-2022-113

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial 177 de 26 de octubre de 2022, se publicó el Acuerdo No. MAATE-2022-113, emitido por el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, con el que se expide la Normativa para la calificación de programas, fondos y/o proyectos de prevención, protección, conservación, bioemprendimientos, restauración y reparación ambiental y para la certificación de los beneficiarios de la deducción del 100% adicional para el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta.

Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000053

El 26 de octubre de 2022, se emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000053, por parte del Servicio de Rentas Internas, con la que se reforma el ‘Instructivo para la aplicación de la transacción en materia tributaria (versión 1.0)’, la Resolución NAC-DGERCGC22-00000036 y la Resolución NAC-DGERCGC15-00000249 y sus reformas, a fin de adecuar las disposiciones sobre la transacción en materia tributaria.

Sentencia No. 1219-22-EP/22

El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, con Sentencia No. 1219-22-EP/22 examinó acción extraordinaria de protección (EP) contra las sentencias de primera y segunda instancia dentro de una acción de protección (AP). Ambas decisiones declararon improcedente la acción al no encontrar vulneración de derechos. En el análisis sobre la vulneración del derecho a la seguridad jurídica, en las dos sentencias, la Corte determinó que los jueces no respetaron lo establecido en la sentencia 2-19-IC/19, que tiene carácter vinculante y debe ser obedecido desde su expedición.

La CC determinó que la inobservancia de un dictamen interpretativo emitido por la Corte Constitucional constituye una violación autónoma del derecho a la seguridad jurídica. Por otro lado, en el análisis de la vulneración a la motivación, en la sentencia de segunda instancia, la Corte estableció que la Sala Provincial hace una remisión al análisis desarrollado en la sentencia de primera instancia, pero no realiza una valoración crítica sobre la suficiencia y la fundamentación de los argumentos que el juez adopta en esta sentencia. Por lo tanto, la decisión no cuenta con una argumentación jurídica suficiente. Adicionalmente, la CC verificó que el caso cumplía con los requisitos para que se efectúe un análisis de mérito. Del referido análisis se concluyó que en la resolución impugnada no se consideró lo resuelto por la CC en su dictamen interpretativo, en el que se determina la obligación de respetar lo decidido por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social – Transitorio (CPCCS-T) en ejercicio de sus facultades extraordinarias.

En virtud de aquello, los vocales del Consejo de la Judicatura actuaron al margen del ordenamiento jurídico, pues emitieron la resolución impugnada haciendo alusión a lo que disponen los artículos 179 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE) y 262 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) de forma parcial y aislada, desatendiendo el valor normativo del dictamen interpretativo 2-19-IC/19, y vaciándolo de contenido; actuación que afecta la seguridad jurídica.