El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, en sesión extraordinaria del 23 de enero de 2023, a través de un análisis minucioso, declaró, por unanimidad, el incumplimiento deliberado y sistemático del numeral 4.3 de la Sentencia Constitucional No. 1219-22-EP/22, correspondiente a nombrar al Presidente o Presidenta del Consejo de la Judicatura al amparo del artículo 179 de la Constitución. En tal virtud decidió destituir a los siete consejeros y consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, en conformidad con las competencias previstas en los artículos 86 numeral 4 y 436 numeral 9 de la Constitución de la República, normas desarrolladas en los artículos 21 y 164 numeral 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Para lo cual efectuó un análisis individualizado y respetuoso del debido proceso respecto de las actuaciones de cada uno de los consejeros y consejeras.
Además, evaluó la eficacia de las medidas dictadas y concluyó que han desaparecido las razones por las que no se concedió, en su momento, la medida de restitución en favor del accionante y dispuso modificar la Sentencia No.1219-22-EP/22 en el siguiente sentido:
Hasta que el órgano competente nombre a uno de los candidatos o candidata de la cuarta terna para que presida el Consejo de la Judicatura, Álvaro Román Márquez asumirá la presidencia temporal del Consejo de la Judicatura en su calidad de suplente por la ausencia del presidente titular del Organismo.
Se recuerda también que esta decisión es definitiva, en virtud del artículo 440 de la Constitución de la República y no puede ser impugnada a través de garantías jurisdiccionales u otro mecanismo de justicia ordinaria, bajo prevenciones de incumplimiento de decisiones de autoridad competente.