El COE Nacional, en sesión permanente de miércoles 28 de abril de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:
1.- Solicitar al Instituto Nacional de Estadística y Censos INEC, postergar hasta el año 2022, la realización de las fases de logística, capacitación y empadronamiento del VIII Censo de Población y VII de Vivienda – CPV, una vez que existan las condiciones epidemiológicas favorables para su desarrollo, debiendo realizarse un nuevo análisis en el mes de enero de 2022.
2.- Disponer a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) y al Ministerio de Salud Pública, establecer techos de precios que permitan regular y controlar la especulación de precios en la venta del oxígeno medicinal para tratar a pacientes con COVID-19.
3.- Disponer al Ministerio de Salud Pública realice las gestiones correspondientes ante el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, de manera que se prohíba la exportación de oxígeno mientras se encuentra en vigencia el estado de emergencia sanitaria a causa de la COVID-19. La medida se encontrará vigente mientras se mantenga el estado de emergencia sanitaria o hasta que el Ministerio de Salud Pública, notifique su culminación y abastecimiento nacional, además se deberá exceptuar esta disposición a pedidos de ayudas humanitarias que se requieran de Estado a Estado.
4.- Aprobar el “Protocolo de Bioseguridad para el Acto de Posesión del Presidente electo de la República del Ecuador” presentado por la Asamblea Nacional.
5.- En el marco del cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nro. 1291, y al encontrarse vigente el estado de excepción y la consecuente restricción de los derechos de asociación y de reunión, se dispone que en aquellas provincias donde aplica el Estado de Excepción la prohibición del funcionamiento de Bares, discotecas, galleras, karaokes, centros de tolerancia, billares y afines.
Para el cumplimiento de la presente disposición, se contará con las Intendencias Generales de Policía, facultados a imponer las sanciones contempladas en el Acuerdo Ministerial Nro. 0069 en caso de infracciones. La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas apoyarán en las actividades de control.
6.- Realizar un alcance y aclaración a la Resolución del 21 de abril de 2021 que disponía entre de las restricciones de movilidad a las siguientes personas y actividades:
7) Provisión de alimentos y bebidas, incluido transporte y comercialización; Se aclara que, en lo referente a bebidas, estás son las no alcohólicas o bebidas de moderación incluido su transporte a los puntos de distribución.
7.- Exhortar a la ciudadanía en general para que, no se desplacen a otras provincias, ni mantenga reuniones familiares durante el viernes 30 de abril de 2021, con el objetivo de contener la transmisión de la pandemia.