La Corte Constitucional del Ecuador mediante Sentencias 335-16-EP/21 I y 1550-16-EP/21, desestimó las acciones extraordinarias de protección presentadas por entidades estatales -Contraloría General del Estado (CGE) y Servicio de Rentas Internas (SRI)- en contra de las decisiones provenientes de recursos de casación tras descartar la vulneración de los derechos alegados.
La Corte enfatizó que es indispensable que las instituciones accionantes analicen, de forma minuciosa, la necesidad de movilizar a todo el aparato jurisdiccional en los casos relacionados al ejercicio de sus competencias.
Se constató que la CGE agotó todos los recursos y acciones previstos en el ordenamiento jurídico, incluyendo la EP, en una causa referente a un caso de responsabilidad civil culposa cuyo monto ascendía únicamente a USD 400.
Asimismo, al examinar la acción 335-16-EP, advirtió que el SRI agotó todos los recursos y acciones previstos en el ordenamiento jurídico ordinario, e inclusive activó la EP, en una causa que se relacionaba a una resolución sancionatoria cuyo monto ascendía solo a USD 276,12, sin considerar los costos implícitos que la administración de justicia supone para el Estado.