Sentencia No. 58-16-IN/21

El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador con Sentencia No. 58-16-IN/21, desestimó la acción presentada en contra de las normas que establecen el régimen de indemnización por concepto de jubilación patronal de los trabajadores del GAD Municipal de Machala, pues no encontró contravención a los principios de jerarquía normativa, de adecuación a la CRE o de supremacía constitucional, y al derecho a la igualdad.

Determinó que el argumento relacionado con una presunta contravención al art. 216 del Código del Trabajo en realidad responde a una antinomia entre una ordenanza y una ley, lo cual no es objeto de interpretación constitucional.

La CCE también descartó la incompatibilidad de la ordenanza con la igualdad y no discriminación, pues encontró que sus disposiciones son las mismas para todos quienes cumplan los requisitos de jubilación.

Explicó que el hecho de que, previo a la expedición de la norma, personas hayan recibido otros valores, producto de decisiones judiciales, no significa que la norma impugnada efectúe un trato diferenciado entre jubilados, sino que, conforme al principio de legalidad, de modo general, las normas rigen hacia el futuro desde su entrada en vigencia.

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Un pensamiento en “Sentencia No. 58-16-IN/21

  1. Para el Fiscal General del Estado no es factible, en definitiva, una interpretacion del precepto legal cuestionado conforme con la Constitucion de la que quepa deducir la posibilidad de interponer un incidente de nulidad de actuaciones o un recurso de revision ante el Juez o Tribunal contra el decreto del Secretario Judicial cuando esta en juego un derecho fundamental; por ello concluye que debe declararse la inconstitucionalidad del precepto cuestionado. 8. Por providencia de 15 de marzo de 2016 se senalo para deliberacion y votacion de la presente Sentencia el dia 17 del mismo mes y ano.

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