El COE Nacional, en sesión permanente de miércoles 07 de abril de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:
1.- En atención al Dictamen Constitucional No. 1-21-EE/21, los organismos e instituciones del Estado Central y de los GAD´s, en ejercicio de sus atribuciones, deberán desarrollar e implementar normativas y políticas públicas que se adecúen al régimen ordinario para enfrentar la crisis sanitaria, de forma coordinada, entre lo principal:
a. El Toque de Queda rige hasta las 23h59 del 09 de abril de 2021.
b. Dentro del horario de toque de queda se prohíben las reuniones sociales y familiares de los miembros que no pertenezcan al mismo círculo familiar. Se deberán extremar precauciones con adultos mayores y personas con prexistencias, no debiendo asistir a ninguna actividad que los exponga.
c. La restricción de venta de alcohol regirá conforme lo dispuesto por el Acuerdo Interministerial 0001 de 30 de marzo de 2021.
d. Disponer al Ministerio de Trabajo mantener la vigencia de la modalidad de teletrabajo en las instituciones de la Función Ejecutiva y desconcentrado hasta el 26 de abril de 2021.
Así mismo, se exhorta a las autoridades de las demás funciones del Estado y del sector privado, acoger esta disposición.
(…)
p. Ninguno de los exhortos podrá interpretarse en el sentido que restrinja la participación política o el proceso electoral, se garantizarán y se continuarán articulando acciones y medidas con la Autoridad Electoral.
2.- Conocer el documento “PROTOCOLO GENERAL PARA PREVENCIÓN DE LA PROPAGACIÓN DE LA COVID-19 EN EL PROCESO ELECTORAL 2021 – SEGUNDA VUELTA, elaborado entre el equipo técnico que integran las mesas y grupos de trabajo del COE Nacional, el equipo técnico del Consejo Nacional Electoral y la Asociación de Municipalidades del Ecuador, en estricto apego a las competencias de las instituciones de la Función Ejecutiva y de la Función Electoral.
3.- Remitir formalmente el documento “PROTOCOLO GENERAL PARA PREVENCIÓN DE LA PROPAGACIÓN DE LA COVID-19 EN EL PROCESO ELECTORAL 2021 – SEGUNDA VUELTA, a la señora Presidenta del Consejo Nacional Electoral, para conocimiento y aprobación de los miembros de dicho organismo.