Sentencia No. 8-19-IN y acumulado/21

El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, con Sentencia No. 8-19-IN y acumulado/21, declaró la inconstitucionalidad por la forma de la resolución No. 10-2015 emitida por la Corte Nacional de Justicia, que tendrá efectos hacia el futuro, lo que incluye los casos pendientes de resolución y entre éstos, aquellos en que se han presentado acción extraordinaria de protección para tutelar posibles violaciones a derechos constitucionales; por conexidad, declara la inconstitucionalidad del Código Orgánico Integral Penal por no contemplar un recurso idóneo para garantizar el derecho al doble conforme de los procesados en juicios penales, cuando la primera condena es dictada en casación.

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