Sentencia 991-16-EP/21

La Corte Constitucional del Ecuador mediante Sentencia 991-16-EP/21 al examinar una acción planteada en contra del auto que inadmitió los recursos de apelación propuestos dentro de un proceso penal declaró la vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva; debido proceso en las garantías de ser juzgado ante un juez competente y con observancia del trámite propio; recurrir; así como, el derecho a la seguridad jurídica. Consideró que los jueces realizaron una interpretación restrictiva sobre la forma de contabilizar el término para la interposición de los recursos planteados.

En aplicación del criterio establecido en la sentencia 265-15-SEP-CC, observó que, aun cuando los hoy accionantes interpusieron oportunamente los recursos horizontales y verticales que el ordenamiento jurídico les brindaba para impugnar la sentencia condenatoria dictada en primera instancia, estos fueron limitados en atención a una interpretación restrictiva y contraria a la normativa aplicable al caso, lo cual impidió que puedan ejercer plenamente su derecho a la defensa.

Entre las medidas de reparación, dispuso que esta sentencia constituye, per se, una forma de reparación. Además, dejó sin efecto el auto impugnado y dispuso que una nueva Sala Penal de la Corte Provincial resuelva los recursos de apelación interpuestos y garantice el derecho de las partes procesales.

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