El Alcalde de Quito, con Resolución No. A-060, emitió las medidas transitorias aplicables en el D.M. de Quito con posterioridad a la terminación del Estado de Excepción decretado por la administración pública central en el contexto de la pandemia del COVID-19.
Se establece las reglas para el uso de bienes de dominio público y espacio público, así como también restricción de deportes y otras actividades en bienes de uso y dominio público, el transporte terrestre y las actividades sujetas al régimen de licenciamiento y sus respectivas sanciones.
También se indica la aplicación del Plan de restricción vehicular “HOY CIRCULA”, en donde se establece el siguiente calendario para movilización de vehículos:
CIRCULAN EN MESES IMPARES: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre
Lunes, miércoles, y viernes: Último dígito de placa impar
Martes, jueves y sábado: Último dígito de placa par y 0.
Domingos y feriados oficiales: Todos los dígitos
CIRCULAN EN MESES PARES: febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre
Lunes, miércoles, y viernes: Último dígito de placa par y 0
Martes, jueves y sábado: Último dígito de placa impar.
Domingos y feriados oficiales: Todos los dígitos
Se indica sobre la emisión de los salvoconductos sujetos al plan “Hoy circula” y sus respectivas sanciones.
No entiendo nada, como circulo con mi placa terminda en 0 lo que queda de septiembre y los siguientes meses? Podrían explicarme?
Lo que queda se septiembre circula los martes, jueves, sábados y domingos y los meses siguientes se irá alternando, es decir, para octubre circulará lunes, miércoles, viernes y domingos, para noviembre regresará al calendario actual y así sucesivamente.
Buenos dias
Por favor si alguien me puede indicar si los sitios de entretenimiento como video juegos están autorizados para operar en esta época del Covid 19. La Resolución 060 no especifica al respecto. Mi local está situado en un Centro Comercial. Gracias
Puede revisar: https://boletin.novedadesjuridicas.com.ec/sm-71/
Buenas tardes según la disposición Municipal No. 060, o anterior, existe restricción para circular a las personas con discapacidad y de la tercera edad? Gracias la información.
Atentamente
Daniel Vergara
Puede revisar el instructivo en el siguiente enlace:
https://boletin.novedadesjuridicas.com.ec/sm-71/
Buenos días
Me pueden informar si ya se emitió el instructivo de la resolución A-060?
Claro que sí, lo puede revisar en el siguiente enlace:
https://boletin.novedadesjuridicas.com.ec/sm-71/
Dónde podemos encontrar el anexo 2 de dicha resolución?
Puede revisar el instructivo con los anexos en el siguiente enlace:
https://boletin.novedadesjuridicas.com.ec/sm-71/