EL Alcalde de Quito, con Resolución No. A 009-2021, estableció las siguientes medidas transitorias aplicables en el D.M. de Quito desde el 13 de febrero hasta el 31 de marzo de 2021, entre lo principal:
1.- Suspensión de Licencias Metropolitanas Únicas para el ejercicio de Actividades económicas:
i. Bares;
ii. Discotecas;
iii. Centros de diversión nocturna; y,
iv. Centro de tolerancia y similares.
2.- La suspensión de la emisión de autorizaciones para la realización de espectáculos públicos
3.- Plan “Hoy No Circula”:
Prohibición de circulación dentro del territorio del D.M. de Quito, salvo las vías pertenecientes a la red vial estatal, regional y provincial y que conectan la ciudad con otros cantones o provincias, para el grupo de vehículos automotores seleccionados en función de último dígito de su placa, durante dos días laborables de la semana, entre las 06h00 y las 20h00.
Días de restricción de circulación por último dígito de placa, desde el 13 de febrero hasta el 31 de marzo de 2021:
Lunes: 0, 1, 2, 3
Martes: 2, 3, 4, 5
Miércoles: 4, 5, 6, 7
Jueves: 6, 7, 8, 9
Viernes: 0, 1, 8, 9
Sábado, domingo y feriados: libre circulación.
Felictaciones por brindarme la actualización ya que es una necesidad estar al día con la tecnología
Cual es la guia actualizada en relacion de las personas que llagan del exterior por via aerea o de otras provincial. Como se debe entender la presenter norma?
Estimado, puede revisar el instructivo para la aplicación en el siguiente enlace: https://boletin.novedadesjuridicas.com.ec/sm21/