El Pleno de la Asamblea Nacional en sesión No. 897, el día de hoy, aprobó la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, calificada como Urgente en materia económica.
La asambleísta Valentina Centeno presentó una moción con 6 bloques para votación.
MOCIÓN 1: “Aprobación del numeral 2 de la Disposición Reformatoria Primera, referente al incremento permanente de un punto porcentual del Impuesto al Valor Agregado (IVA); y, la Disposición Transitoria Primera referente, al incremento temporal de dos puntos porcentuales del IVA”
Con 43 votos afirmativos no se aprobó la moción 1.
MOCIÓN 2: Aprobación de los artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y la Disposición Final del Proyecto de Ley; referentes a la contribución temporal sobre utilidades de los Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito.
Con 98 votos afirmativos se aprobó la moción 2.
MOCIÓN 3: Aprobación de las Disposiciones Reformatorias Segunda y Tercera, y la Disposición General Única, referentes al Impuesto de Salida de Divisas.
Con 117 votos afirmativos se aprobó la moción 3.
MOCIÓN 4: Aprobación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Proyecto de Ley; referentes a la Contribución Temporal de Seguridad (CTS).
Con 134 votos afirmativos se aprobó la moción 4.
MOCIÓN 5: Aprobación del numeral 1 de la Disposición Reformatoria Primera, referente a la tarifa 5% para materiales de construcción; y, la Disposición Transitoria Segunda, referente al plazo del Ejecutivo para la emisión del Reglamento, del Proyecto de Ley Orgánica para enfrentar el conflicto armado interno, la crisis social y económica”.
Con 133 votos afirmativos se aprobó la moción 5.
MOCIÓN 6: Aprobación para que el Secretario General realice las correcciones de estilo o de forma del Proyecto de Ley Orgánica para enfrentar el conflicto armado interno, la crisis social y económica, de acuerdo a lo señalado en el artículo 20, numeral 17 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa”.
Con 85 votos afirmativos se aprobó la moción 6.
Una vez que se sometieron a votación las mociones presentadas y en vista de que no fue aceptada la reconsideración de todo lo votado, el Presidente de la Asamblea Nacional remitirá el texto final al Presidente de la República para su objeción o sanción, para lo cual tendrá el plazo de 30 días.