El 20 de junio de 2022, se emitió el Decreto No. 459, por parte de la Presidencia de la República, con el que se declara el estado de excepción por grave conmoción interna en las provincias de Chimborazo, Tungurahua, Pichincha, Pastaza e Imbabura; y, se deroga el Decreto Ejecutivo No. 455 del 17 de junio de 2022.
Tendrá una duración de 30 días.
Se suspende en las provincias indicadas el ejercicio del derecho a la libertad de asociación y reunión.
Se restringe la libertad de tránsito (toque de queda) a partir del 20 de junio de 2022. Los horarios de restricción serán todos los días desde las 22h00 hasta las 05h00, en el Distrito Metropolitano de Quito.
Se dispone las requisiciones a las que haya lugar.
En el caso de ciudadanos extranjeros que se encuentren participando violentamente en las protestas, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en permanente coordinación con la autoridad competente de migración. realizará un control de los a fin de que de conformidad con los procedimientos legales correspondientes sean puestos a órdenes de las autoridades competentes para los trámites de ley.
Dispone al Ministerio de Transporte y Obras Públicas el empleo de la maquinaria y equipo para el despeje inmediato de las vías inhabilitadas en las provincias señaladas.
Todas las requisiciones que hayan ocurrido producto del Decreto Ejecutivo No. 455 del 17 de junio de 2022, se mantendrán vigentes de manera ininterrumpida mientras la vigencia de esta declaratoria de estado de excepción persista.