La Presidencia de la República renueva por treinta días adicionales, la declaratoria de estado de excepción por grave conmoción interna en todo el territorio nacional, sin excepción alguna, en los mismos términos establecidos en los Decretos Ejecutivos No. 841 y 843, y en apego a los parámetros dispuestos por la Corte Constitucional del Ecuador en su dictamen 6-23-EE/23.
Decreto No. 890