El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000043, estableció las normas de aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la #LeyApoyoHumanitario.
En lo destacado, se dispone la activación de oficio de las facilidades de pago con remisión a las que hace referencia el literal b) del artículo 2 de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, respecto de las cuales desde enero 2020 al 22 de junio de 2020 hubieren incumplido con dos o más cuotas previstas en la respectiva resolución de concesión de facilidades de pago con remisión.
Las facilidades de pago con remisión se realizará hasta el 30 de septiembre 2020, en un solo pago o en pagos parciales hasta completar la totalidad del mismo.
Para la aplicación de facilidades de pago con remisión, se deberá cumplir con lo establecido en la Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000395 publicada en el Registro Oficial 311-S, 23-VIII-2018.