Boletín semanal

2020Jul

Acuerdo No. MDT-2020-132

El Ministerio del Trabajo mediante Acuerdo No. MDT-2020-132, expidió las directrices para el registro de las modalidades y acuerdos laborales, establecidos en el capítulo III de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

Guía General de medidas de bioseguridad para destinos turísticos al momento de su reactivación

En la página oficial del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias, se publicó la Guía General de medidas de bioseguridad para destinos turísticos al momento de su reactivación, en el contexto de la Emergencia Sanitaria por COVID-19.

Su objetivo general será determinar los lineamientos de bioseguridad para turistas que visiten los destinos turísticos del Ecuador, con la finalidad de fortalecer las prácticas existentes de prevención para el personal y el usuario de éstos servicios turísticos ofertados por el prestador.

Resolución No. C 062-2020

El Concejo Metropolitano de Quito, con Resolución No. C 062-2020, decidió exhortar al COE Nacional para que adopte, en forma excepcional, la aplicación de varias medidas específicas para el Distrito Metropolitano de Quito, en el color amarillo del esquema de semaforización determinado por la Administración Pública Central, entre las principales se encuentran:

(a) Modificar el horario del toque de queda, a partir de las 19h00 hasta las 05h00 del día siguiente, con la excepción para el funcionamiento de las actividades esenciales según Decreto Ejecutivo No. 1074, de 15 de junio de 2020;

(b) Eliminar los salvoconductos para la circulación vehicular y dejar sin vigencia los emitidos, con excepción de los que se requieran para el funcionamiento de las actividades esenciales determinadas por los órganos competentes de la Administración Pública Central; y,

(c) Disponer la:

i. Implementación de la ley seca,
ii. Prohibición de reuniones sociales; y,
iii. Restricción del uso del espacio público para: parques, casas comunales, canchas, escenarios deportivos y conchas acústicas.

Resolución COE-Nacional 13 de julio de 2020

El COE Nacional, en sesión permanente del lunes 13 de julio de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1. Modificar el horario de toque de queda en los siguientes cantones de la Provincia de Pichincha: Cayambe, Mejía y Rumiñahui; regirá el toque de queda vigente en el Distrito Metropolitano de Quito, de 21h00 a 05h00, la presente disposición entrará en vigencia desde el día miércoles 15 de julio de 2020.

Ley Orgánica reformatoria al Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público

En el Suplemento del Registro Oficial 244 de 13 de julio de 2020, se publicó la Ley Orgánica reformatoria al Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.

Esta Ley reformatoria consta de 2 artículos en los cuales en el primero se establece la derogatoria del Libro III del COESCOP, con todo su articulado que trata sobre el servicio de protección pública y en el segundo se suprime la Disposición Transitoria Décima Novena.

Resolución COE-Nacional 10 de julio de 2020

El COE Nacional, publicó las decisiones adoptadas en sesión permanente del viernes 10 de julio de 2020, en donde por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

Aprobar la hoja de ruta presentada por las MTT y GT, con el objetivo de plantear como fecha tentativa para reanudar las actividades del campeonato ecuatoriano de fútbol el 29 de julio de 2020. Esta hoja de ruta establece parámetros de cumplimiento obligatorio, los mismos que deberán ser implementados de manera previa a la fecha establecida. Como parte de las actividades, se incluye el desarrollo de partidos simulacro a desarrollarse en las sedes deportivas que el COE Nacional determine.

El reinicio del campeonato se condiciona al cumplimiento de las observaciones, requisitos y aprobación de protocolos presentados, tanto por LIGA PRO y la FEF, así como la evolución de la pandemia.

Resoluciones COE-Nacional 8 de julio de 2020

El COE Nacional, publicó las Resoluciones tomadas en sesión permanente del miércoles 08 de julio de 2020, en donde, por unanimidad de los miembros plenos, decidió:

1. Autorizar el funcionamiento de autocines en los cantones que se encuentran en semáforo “amarillo y verde”.

2. En concordancia con las Resoluciones de 03 y 19 de abril de 2020, mediante las cuales se solicitó dar operatividad a las ambulancias a nivel nacional, se dispone a la Autoridad Sanitaria Nacional:

* Todos los organismos que componen el sistema de salud, tomarán las resoluciones que sean necesarias para poner operativas todas sus ambulancias a nivel nacional. Este resultado deberá ser inmediatamente informado al COE.

* Articular con toda la red de salud del país, para que en el plazo de 24 horas se movilicen las ambulancias que fueran necesarias hacia la ciudad de Quito y las ciudades que lo requieran, las mismas se pondrán a disposición del Sistema Integrado de Seguridad – ECU 911, con el fin de atender de manera adecuada y oportuna las emergencias suscitadas en el contexto de la pandemia por COVID – 19 y otras que se puedan presentar.

A la presente disposición también deberán acogerse, mientras se mantenga el estado de excepción, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Cuerpos de Bomberos a nivel nacional, Policía Nacional y Fuerzas Armadas.

Decreto No. 1094

El Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 1094, autorizó con carácter excepcional la delegación a la iniciativa privada de la gestión conjunta de la Refinería Esmeraldas con la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador -EP Petroecuador.

Decreto No. 1093

El Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 1093 reformó el Reglamento General al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

Se agrega un inciso final al artículo 142, se sustituye el segundo artículo innumerado agregado a continuación del artículo 148 que trata sobre las excepciones a la prohibición de gravación global de rentas.

Estas reformas entrarán en vigencia partir de su publicación en el Registro Oficial.

Resolución No. 075-2020

El Consejo de la Judicatura, mediante Resolución No. 075-2020, expidió el Reglamento para la implementación progresiva de actos, contratos y diligencias notariales a través del uso de medios electrónicos y reducción de tarifas.

Este reglamento tiene por objeto establecer las normas generales tendientes a regular la implementación y prestación progresiva del servicio notarial electrónico.

Sus disposiciones serán de aplicación obligatoria por parte de las y los notarios a nivel nacional.

Considerando las barreras tecnológicas en ciertas circunscripciones territoriales, los actos notariales contemplados taxativamente en el artículo 3 de este reglamento, se podrán realizar de manera alternativa y a elección del usuario a través de medios electrónicos o de manera presencial.

Se aprobó el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social

El Pleno de la Asamblea Nacional, en sesión No. 674, con 130 votos afirmativos, un blanco y una abstención, aprobó el informe para segundo debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social que busca transparentar y ampliar, para cada afiliado, la información íntegra y personal, específicamente, en relación a sus aportes.

El texto aprobado de este proyecto de Ley será enviado al Ejecutivo para que, de conformidad con el procedimiento constitucional, en 30 días luego a su recepción emita su sanción u objeción.

Resolución No. 073-2020

El Pleno del Consejo de la Judicatura mediante Resolución No. 073-2020, dispuso suspender la aplicación del calendario de vacaciones contemplado en la Resolución 205-2019, de 12 de diciembre de 2019, publicada en el Registro Oficial No. 113, de 3 de enero de 2020, para las y los servidores de las dependencias judiciales a nivel nacional, en virtud de la elevada carga de procesos judiciales en trámite.

Cuando las causas que motivaron la emisión de la mencionada resolución sean superadas y se cuente con los informes respectivos, el Pleno del Consejo de la Judicatura considerará el levantamiento de la suspensión contemplada.

Resoluciones COE Nacional 03 de julio 2020

El COE Nacional, en sesión permanente del viernes 03 de julio de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1. Aprobar el “Lineamiento de Deporte Formativo en el marco del COVID – 19”, presentado por la Secretaría del Deporte.

2. Autorizar la solicitud del COE Municipal de Guayaquil con relación a emitir una prórroga hasta el día 21 de Julio de 2020, para la aplicación de pruebas COVID – 19, en el lugar de origen de los vuelos entre las ciudades de Quito y Guayaquil, bajo las siguientes reglas:

a. Podrán viajar los pasajeros que tengan una prueba PCR o cuantitativa negativa realizada en laboratorios autorizados hasta 72 horas antes de su abordaje.

b. Quienes no tengan estas pruebas, podrán realizarse pruebas rápidas en laboratorios autorizados o en los puntos habilitados en los aeropuertos, hasta con 24 horas de anticipación al día y hora de vuelo.

b1. Si el resultado de la prueba rápida cualitativa da un resultado IgM positivo, el viajero no podrá embarcarse hasta que se realice una prueba de RT-PCR confirmatoria que muestre un resultado negativo.

b2. Si la prueba rápida cualitativa indica sólo “C” y “T” (Control y Test) y no indica IgM/IgG, un resultado T positivo anulará la posibilidad de embarque del viajero hasta que se realice una prueba de RTPCR confirmatoria que muestre un resultado negativo.

c. Este requisito permanecerá en vigencia hasta el día 21 de julio de 2020. A partir de eso, las pruebas serán aleatorias en aeropuerto de origen.

d. Las empresas concesionarias de los aeropuertos de Quito y Guayaquil realizarán la coordinación del control y la toma de pruebas en conjunto con las autoridades sanitarias y municipales.

Para vuelos domésticos, en caso de las personas que realizaron el APO en establecimientos de alojamiento temporal, no deberán realizarse la prueba RT- PCR, puesto que el certificado de culminación de APO emitido por el Ministerio de Salud Pública será el documento habilitante para abordar el vuelo.

3. Disponer a la Mesa Técnica de Trabajo Nacional No. 4 – “Alojamientos temporales y Asistencia Humanitaria”, que en el marco de sus competencias realice una evaluación y potencial propuesta para continuar con las actividades de Asistencia Humanitaria en las poblaciones que hayan sufrido mayor impacto económico durante esta pandemia.

Para cumplir con este cometido se establecerá un equipo de trabajo interinstitucional para determinar las necesidades, ubicación, tipo de ayuda y otros elementos que permitan realizar esta operación dentro de los parámetros legales, técnicos y temporales adecuados.

4. Solicitar la revisión de los protocolos y lineamientos emitidos en el contexto de la emergencia sanitaria con el fin de fortalecer el criterio transversal de interculturalidad aplicado en los mismos, con el propósito de continuar garantizando el derecho de los pueblos indígenas a la autodeterminación y demás derechos colectivos. Para dicho fin, se debe considerar la cosmovisión de los pueblos y nacionalidades indígenas, de forma que, en el marco del Estado plurinacional se adopten medidas con pertinencia cultural en todo tiempo, las cuales contribuyan a evitar situaciones de riesgo de contagio. Así también se debe incorporar al “Protocolo para la Manipulación y Disposición final de Cadáveres” información destinada a estos pueblos y nacionalidades que permita comprender de manera clara las medidas adoptadas por el Estado y los efectos de la pandemia. (Según se recomienda en la Resolución 1/2020 de la CIDH).

Para el caso particular que se vive el día de hoy en la comunidad Kumai se autoriza la exhumación del cuerpo del ciudadano Alberto Mashutak siempre que se cumplan los protocolos recomendados para este efecto. La comunidad deberá ser informada sobre los riesgos de contagio.

5. Reforzar controles de tala ilegal en vía Auca e ingresos a la Zona Intangible, con el objetivo de desarticular todos los aserraderos móviles en las vías Auca y Pindo así como fuera del territorio waorani.

Acuerdo No. 00026-2020

En la Edición Especial del Registro Oficial No. 730, de 2 de julio de 2020, se publicó el Acuerdo No. 00026-2020, mediante el cual el Ministerio de Salud Pública dispuso Culminar la emergencia sanitaria declarada mediante Acuerdo Ministerial No. 00126-2020 y su extensión por treinta (30) días, dispuesta mediante Acuerdo Ministerial No. 00009-2020.

Así como también dar por concluida la emergencia institucional declarada mediante Resolución No. 00026-2020 de 18 de marzo de 2020.