Boletín semanal

2020Jul

Protocolo de medidas de Bioseguridad para las competiciones Organizadas por la LigaPro

El COE Nacional publicó en la página oficial del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias el Protocolo de medidas de Bioseguridad para las competiciones Organizadas por LigaPro.

Este Protocolo será de cumplimiento obligatorio por parte de los Clubes (jugadores, cuerpo técnico, staff técnico y dirigentes), de los árbitros, de los oficiales de partidos, de la empresa con derechos de transmisión, medios de comunicación sin derechos de transmisión, del personal de apoyo y de cualquier otra persona que preste servicios a los clubes afiliados y/o de quienes en general participen de los correspondientes programaciones, incluyéndose para quienes colaboren con la LigaPro en las respectivas labores de coordinación y control.

Se aprueba Ordenanza sobre la RTV 2020 en el D. M. de Quito

Hoy, con 12 votos a favor el Concejo Metropolitano de Quito, aprobó la Ordenanza Metropolitana Reformatoria del Código Municipal para el DMQ relacionada con el servicio de Revisión Técnica Vehicular, en donde se incorpora una disposición transitoria que indica:

Vehículos particulares: El certificado RTV 2019, tendrá validez prorrogada hasta 2020. Quienes hicieron el pago este año y no recibieron servicio, el comprobante de pago servirá para RTV 2021.

Vehículos que prestan el servicio de transporte público, comercial y por cuenta propia: El certificado de aprobación de la RTV vehicular correspondiente al segundo semestre del año 2019 gozará de validez prorrogada para el primer semestre del año 2020; y, el certificado de aprobación de la revisión técnica vehicular correspondiente al primer semestre del año 2020, gozará de validez prorrogada para el segundo semestre del mismo año.

Ley Orgánica Contra el Consumo y Microtráfico de Drogas

El Pleno de la Asamblea Nacional, en la continuación de la sesión No. 676, trató el informe no vinculante a la objeción parcial del ejecutivo al Proyecto de Ley Orgánica Contra el Consumo y Microtráfico de Drogas, realizado por la Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio.

Por unanimidad, con 132 votos se resolvió allanarse a la objeción parcial del Ejecutivo a los artículos 2, 3, 6 y a la disposición transitoria Primera.

También por unanimidad, con 132 votos a favor se resolvió ratificarse en los artículos 4, 5, 7, 8, 9, 10 y 11 y la transitoria Cuarta.

No se aprobó la moción de ratificarse en el artículo 17, se registraron 25 votos a favor, 8 en contra, 1 blanco y 97 abstenciones.

El texto de esta nueva norma, será remitido al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia como Ley de la República.

Decreto No. 1113

El Presidente de la República mediante Decreto No. 1113, expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación.

El ámbito de aplicación se circunscribe a todas las actividades de carácter público o privado, vinculadas con el desarrollo del emprendimiento y la innovación, en el marco de las diversas formas de economía, entre las que se incluye la economía pública, privada, mixta, popular y solidaria, cooperativista, asociativa, comunitaria y artesanal, conforme lo establecido en la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación.

Decreto No. 1112

_#IMPORTANTE_

El Presidente de la República mediante Decreto No. 1112, reformó el Reglamento de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.

Decreto No. 1109

El Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 1109, dispuso la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020, a fin de destinarlos al financiamiento de los gastos prioritarios incluidos en el Presupuesto General del Estado, para atender las necesidades provocadas por la emergencia sanitaria.

Este Decreto entrará en vigencia una vez que sea publicado en el Registro Oficial

Resoluciones COE Nacional 27 de julio de 2020

El COE Nacional, publicó las Resoluciones adoptadas en sesión permanente del lunes 27 de julio de 2020, en donde por unanimidad de los miembros plenos, decidió:

1.- Aprobar el “Protocolo de medidas de Bioseguridad para las competiciones Organizadas por LigaPro, durante la pandemia de COVID-19”.

2.- Establecer como fecha tentativa para reanudar competiciones del fútbol profesional, el 15 de agosto de 2020 esta fecha se encuentra sometida a revisión permanente y podrá modificarse de acuerdo a la situación epidemiológica de Ecuador.

Resolución COE Nacional 24 de julio de 2020

El COE Nacional, publicó la Resolución adoptada en la sesión permanente del viernes 24 de julio de 2020, en donde por unanimidad de los miembros plenos, decidió:

1.- Aprobar los siguientes documentos para la reactivación y operación del transporte inter e intraprovincial:

i) Protocolo para Reactivar el Servicio Público de Transporte Terrestre en el ámbito Intraprovincial dentro del período de semaforización Versión 3.1.

ii) Protocolo para Reactivar el Servicio Público de Transporte Terrestre en el ámbito Interprovincial dentro del período de semaforización Versión 3.2.

LEY ORGÁNICA PARA EL ORDENAMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS

En el Suplemento del Registro Oficial 253 de viernes 24 de julio de 2020, se publicó la LEY ORGÁNICA PARA EL ORDENAMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, en la cual, las objeciones realizadas por el Presidente de la República, al no haber existido un pronunciamiento de la Asamblea Nacional, entraron en vigencia por el ministerio de la Ley.

Oficio Circular No. 032-EMS-CG-2020

El Contralor General del Estado Subrogante, mediante Oficio Circular No. 032-EMS-CG-2020, amplió el plazo para la presentación de la actualización obligatoria de las declaraciones patrimoniales juradas, de todas y todos las y los servidores públicos, hasta el 31 de julio de 2020, la cual deberá ser realizada por medio de la página institucional www.contraloria.gob.ec.

Decreto No. 1106

El Presidente de la República, mediante Decreto No. 1106, encargó las siguientes funciones a la Vicepresidenta de la República:

1.- La supervisión y coordinación con los organismos internacionales correspondientes, de la implementación de políticas de simplificación y eficiencia por parte de las entidades estatales encargadas de la facilitación del comercio exterior a fin de incentivar la productividad y la competitividad nacional, y, el seguimiento del fortalecimiento institucional del Servicio Nacional de Aduanas.

2.- La coordinación y articulación, junto con el organismo nacional de planificación y desarrollo, de la implementación efectiva de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, a fin de entrelazar la agenda internacional con los objetivos nacionales contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021.

3.- La articulación y seguimiento de la estrategia integral para la atención prioritaria de niñas y niños que padecen enfermedades crónicas o degenerativas y de la simplificación y efectividad del proceso de adopción infantil, en coordinación con las diferentes instituciones relacionadas con el tema.

.- Todas las acciones que realice la Vicepresidenta de la República para el ejercicio de las funciones encargadas en el Decreto Ejecutivo mencionado deberán ser informadas trimestralmente al Presidente de la República.

Resolución No. 081-2020

El Pleno del Consejo de la Judicatura mediante Resolución No. 081-2020, dispuso la suspensión de plazos y términos en los procedimientos disciplinarios, que son sustanciados por la Subdirección Nacional de Control Disciplinario y por las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura, a nivel nacional.

Se dispone que el Consejo de la Judicatura podrá disponer el inicio de investigaciones y sumarios disciplinarios, los cuales una vez iniciados, suspenderán su sustanciación.

También se suspenden los plazos de prescripción para el ejercicio de la acción disciplinaria, sean estos por denuncia, queja o de oficio.

Resoluciones COE Nacional 22 de julio de 2020

El COE Nacional, publicó las Resoluciones adoptadas en sesión permanente del miércoles 22 de julio de 2020, en donde por unanimidad de los miembros plenos, decidió:

1.- Insistir a la ciudadanía que es de responsabilidad individual adoptar las siguientes medidas de prevención para el control de la pandemia:

.- distanciamiento social
.- uso correcto de la mascarilla/ tapabocas y,
.- lavado frecuente de manos

2.- Modificar los parámetros de semaforización del color “amarillo”, establecidos mediante resolución de 29 de junio de 2020, para los cantones de las siguientes provincias: Pichincha, Carchi, Imbabura, Cotopaxi, Bolívar, Tungurahua, Chimborazo, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo de los Tsáchilas, Esmeraldas, Morona Santiago y Zamora Chinchipe, estableciendo que:

i) El horario de toque de queda inicia a las 21h00 y termina a las 05h00.
ii) Se suspende la autorización de reuniones familiares o ejecutivas de máximo 25 personas.

La presente disposición entrará en vigencia desde las 21h00 del 23 de julio de 2020.

El Distrito Metropolitano de Quito mantendrá las excepcionalidades emitidas en la resolución del 29 de Junio de 2020.

3.- Aprobar el alcance al “Lineamiento del Deporte Formativo,” presentado por la Secretaría de Deporte.

Resoluciones COE Nacional 20 de julio de 2020

1. Aprobar los “Lineamientos para el Ingreso de Turistas a la Provincia de Galápagos”, presentados por el Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, Ministerio de Turismo y Ministerio de Salud Pública, para el efecto se establece el “Corredor Turístico Seguro Para Las Islas Galápagos”, mismo que entrará en vigencia a partir del 01 de agosto del año en curso, y; se aplicará mientras rija la emergencia sanitaria en el país; sin perjuicio de que este plazo de vigencia pueda ser reducido conforme las disposiciones y recomendaciones del COE Nacional.

Los lineamientos estarán sujetos a revisión permanente y podrán modificarse de acuerdo a la situación epidemiológica de Ecuador y del mundo.

2. Postergar la apertura de las playas para el 05 de agosto de 2020, con la implementación del sistema de videovigilancia “Distancia2” del ECU – 911; la presente disposición estará sujeta a revisión y/o modificación en función de la situación epidemiológica del país.

3. Emitir una prórroga hasta el día 21 de agosto de 2020, para la aplicación de pruebas COVID – 19, en el lugar de origen de los vuelos entre las ciudades de Quito y Guayaquil, bajo las varias reglas.