Debido proceso en la garantía de recurrir a la falta de contestación a la demanda ejecutiva

La Corte Constitucional analizó sentencia respecto al debido proceso en la garantía de recurrir al interpretar arbitrariamente el artículo 352 del COGEP respecto a la falta de contestación a la demanda ejecutiva por parte del deudor, en perjuicio de la parte actora.

Sentencia No. 350-19-EP/23

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *