El Alcalde del Quito, con Resolución No. A-077, suspendió la desde el 30 de octubre al 3 de noviembre las licencias metropolitanas únicas para el ejercicio de las actividades económicas de cementerios, excepto para la realización de velorios y sepelios; de igual forma durante las fechas indicadas restringió el uso peatonal de las aceras y vías que colindan con los predios donde funcionan cementerios públicos y privados, así como también se prohíbe la realización de romerías, caminatas, peregrinaciones u otras actividades que generen aglomeraciones.
Mediante la Resolución No. A-079, se indica que en el uso de parques, plazas y demás destinadas a la recreación, la ciudadanía deberá sujetarse a las Reglas de conducta y sanciones respecto del uso de bienes de dominio público del Código Municipal y la Resolución No. A-060, así como usar mascarilla, portar la cédula y circular con distanciamiento de al menos dos metros de otras personas.
También se prohíbe, desde el 30 de octubre al 3 de noviembre, entre las 18h00 hasta las 06h00, la comercialización y venta de bebidas alcohólicas en todo el D. M. de Quito.