Resolución No. 081-2020

El Pleno del Consejo de la Judicatura mediante Resolución No. 081-2020, dispuso la suspensión de plazos y términos en los procedimientos disciplinarios, que son sustanciados por la Subdirección Nacional de Control Disciplinario y por las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura, a nivel nacional.

Se dispone que el Consejo de la Judicatura podrá disponer el inicio de investigaciones y sumarios disciplinarios, los cuales una vez iniciados, suspenderán su sustanciación.

También se suspenden los plazos de prescripción para el ejercicio de la acción disciplinaria, sean estos por denuncia, queja o de oficio.

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