Sentencia No. 82-16-IN/21

El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, con Sentencia No. 82-16-IN/21 desestimó la demanda de inconstitucionalidad presentada por el fondo y forma en contra del art. 3 del Acuerdo Ministerial 026-A, expedido por el Ministerio del Ambiente (MAE), que establece el sistema de zonificación de Áreas Protegidas de Galápagos, por considerar que no es contrario al derecho al trabajo de los pescadores artesanales.

La CCE, al examinar la norma impugnada, determinó que no en todas las zonas se restringe la actividad humana, sino únicamente en las denominadas “zona de conservación” y “zona intangible”, conforme la protección dispuesta por la Constitución, por lo que descartó que la norma impugnada contenga una prohibición absoluta al derecho trabajo y en particular a la actividad pesquera que contravenga los preceptos constitucionales.

La Corte constató que el MAE, en coordinación con el MAGAP, llevó a cabo un proceso participativo con el sector pesquero artesanal con la finalidad de coordinar esa actividad en función de la zonificación establecida en la norma impugnada. Advirtió que dicho proceso incluyó acuerdos sobre la actividad pesquera, suscritos entre las autoridades estatales y los representantes de referido sector, en los cuales se contempla la continuidad de la actividad pesquera acorde a las regulaciones de protección al ecosistema.

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *