El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, con Sentencia No. 964-17-EP/22 realizó declaratoria jurisdiccional previa de error inexcusable y manifiesta negligencia respecto de las actuaciones del juez de la Unidad Judicial de Trabajo con sede en el cantón Guayaquil y de los jueces de la Sala Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Guayas, en el marco de un proceso de medidas cautelares constitucionales. La declaratoria se realizó luego de resolver que se vulneró el derecho a la seguridad jurídica como consecuencia de la desnaturalización de las medidas cautelares como garantía constitucional ágil, simple y eficaz.
La Corte Constitucional identificó que las autoridades jurisdiccionales incurrieron en error inexcusable y manifiesta negligencia al conceder y tramitar un recurso procesal inexistente; suspender el proceso coactivo para remitirlo en consulta a la CAN; y, hasta la actualidad, no pronunciarse sobre la respuesta remitida por dicho Tribunal. Como consecuencia de estas conductas, las medidas cautelares –que fueron previamente revocadas— se mantienen vigentes, desconociéndose su carácter temporal y revocable, desnaturalizándose esta garantía jurisdiccional e inobservándose el artículo 35 de la LOGJCC.
La Corte dispuso que las declaraciones jurisdiccionales realizadas en esta sentencia sean notificadas al Consejo de la Judicatura para que, en ejercicio de sus competencias, inicie los correspondientes sumarios administrativos y en ellos determine, entre otras cuestiones, el grado de responsabilidad de cada juez y las sanciones correspondientes.