Sentencia No. 983-18-JP/21

La Corte Constitucional con Sentencia No. 983-18-JP/21 de revisión, examinó la problemática de una mujer embarazada y su familia, que se encontraban en el país en condición de refugiados, circunstancias en las cuales nació su hijo, quien falleció a los pocos días, debido a la falta de atención médica por parte de la red de salud pública. Ante ello, presentaron una acción de protección, la cual fue aceptada por las autoridades jurisdiccionales, disponiendo medidas de reparación.

La CCE, en atención a estándares nacionales e internacionales de protección de derechos humanos, desarrolló su análisis respecto de:

1) principio de interés superior de las niñas, niños y adolescentes — en adelante NNA-;
2) derecho a la salud de las NNA y personas migrantes;
3) derecho a la vida de las NNA;
4) derechos a la conservación de la unidad familiar, la no devolución y la no discriminación de personas migrantes;
5) derecho a la tutela judicial efectiva;
6) derecho a la reparación integral; y,
7) criterios jurisprudenciales relevantes.

En consideraciones adicionales, hizo un llamado de atención a las autoridades judiciales involucradas, y al Consejo de la Judicatura, con el objetivo de que adapten los procedimientos de registro de actuaciones judiciales a los estándares convencionales y legales de protección de personas refugiadas, en particular, respecto de la confidencialidad de sus datos.

Entre las medidas de reparación, dispuso que el Ministerio de Salud Pública efectúe una amplia y generalizada difusión de la sentencia entre los servidores de los centros de salud en las áreas que se encargan de la atención de urgencia y emergencia a menores de edad y mujeres embarazadas, y que, en el término de 120 días, expida un Protocolo para la atención sanitaria de mujeres embarazadas y neonatos, en especial de aquellas en condición de movilidad humana, en concordancia con la línea jurisprudencial desarrollada en la sentencia.

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *