Resoluciones del COE Nacional de 15 de agosto de 2020

El #COENacional, en sesión permanente del sábado 15 de agosto de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

1. Aprobar las modificaciones al “Protocolo para el ingreso al país vía aérea, permanencia y salida de aislamiento preventivo obligatorio”, actualizado y validado en conjunto por el Puesto de Mando Unificado –PMU-, así como por los Ministerios de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Salud Pública, Gobierno, Transportes y Obras Públicas, Turismo, Inclusión Económica y Social, Servicio Nacional de Riesgos y Emergencias y la Policía Nacional; mismo que entrará en vigencia desde el 15 de agosto del año en curso , en los términos siguientes:

a) Viajero que ingrese con prueba RT-PCR negativa con una vigencia de hasta diez (10) días antes de su ingreso al país y sin síntomas al arribo: esta persona no deberá realizar APO y su circulación podrá ser libre en el territorio ecuatoriano continental.

b) Viajero que ingrese sin prueba RT-PCR: el viajero deberá realizarse por su cuenta una prueba RT-PCR a su arribo en el aeropuerto de entrada y pasar inmediatamente a APO en uno de los hoteles autorizados por el COE
Nacional hasta recibir el resultado. Con un resultado negativo el viajero terminará su APO y con un resultado positivo deberá continuar en APO y se brindará la atención de salud necesario de acuerdo con su cuadro clínico.

c) Viajero que presente síntomas al arribo al Ecuador aun teniendo la prueba RT-PCR negativa: deberá realizarse por su cuenta una prueba RT-PCR a su arribo en el aeropuerto de entrada y pasar inmediatamente a APO en uno de los hoteles autorizados por el COE Nacional. Con un resultado negativo el viajero terminará su APO y con un resultado positivo deberá continuar en APO y se brindará la atención de salud necesario de acuerdo con su cuadro clínico. Los síntomas relacionados a Covid-19 al arribo son fiebre, malestar general, mialgias, artralgias, anosmia, ageusia, tos, cefalea o dolor de cabeza, sintomatología gastrointestinal (diarrea) y los que sean anunciados por la comunidad médica.

Estas regulaciones están en constante revisión y sujetas a modificaciones, de conformidad con el comportamiento y avance de la COVID – 19 en el país y el mundo.

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