Resoluciones COE Nacional 22 de enero de 2022

El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional COE Nacional con en sesión permanente de hoy, sábado 22 de enero de 2022, por unanimidad de los miembros plenos presentes, resolvió:

1. Revisada la situación epidemiológica y el registro de casos COVID-19 en el país reportado por el Ministerio de Salud Pública en su informe actualizado al 22 de enero del 2022, con base en la tasa de incidencia, letalidad, velocidad de contagio, ocupación hospitalaria, y cobertura de vacunas a nivel cantonal; se aprueba el esquema de clasificación según semáforo de riesgo epidemiológico de COVID-19 que regirá desde el lunes 24 de enero hasta el domingo 30 de enero.

2. Exhortar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales del Ecuador en función de sus competencias, emitir la normativa correspondiente a fin de dar cumplimiento de las medidas de salud pública conforme a los siguientes lineamientos de aforos para atención de las actividades que se desarrollen entre el 24 y el 30 de enero del 2022.

3. De conformidad con la evaluación de riesgo epidemiológico del Ministerio de Salud Pública y los lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación para la educación inicial, educación básica y bachillerato durante la semana del 24 al 30 de enero del 2022, de conformidad con los siguientes lineamientos generales y el anexo 1 de esta resolución.

4. Para las ceremonias de graduación de estudiantes de tercero de bachillerato en institucionesparticulares, fiscomisionales, fiscales y municipales, del régimen Costa-Galápagos 2021-2022, dentrode las instalaciones educativas, estas se podrán realizar de conformidad con las disposiciones y aforosestablecidos en el semáforo de seguridad expedido por el COE Nacional para cada cantón.

5. Solicitar al Consejo de Educación Superior emita la disposición correspondiente para acoger el aforode acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Salud Pública.

6. Disponer al Ministerio de Trabajo que comunique la restricción de personas que pueden laborar presencialmente de conformidad al esquema aprobado por el MSP:

a) un aforo máximo del 75% para los cantones que se encuentran en color verde;

b) un aforo máximo del 50% para los cantones que se encuentran en color amarillo; y,

c) un aforo máximo del 30% para los cantones que se encuentran en color rojo.

Lo anterior aplicará desde el 24 de enero a las 00:01 hasta el 30 de enero a las 23:59 del 2022. No obstante, las instituciones de los sectores estratégicos podrán no adoptar la disposición anterior siempre que sea con el fin de garantizar la prestación de los servicios públicos.

Para lo anterior, se deberán seguir las directrices para el retorno progresivo y seguro a las actividades laborales presenciales en el sector público conforme al Acuerdo Ministerial Nro. MDT2021-215; así como cumplir con la “Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales Nro. MTT6-003, Versión 7.0” aprobada por el COE-N el 29 de junio de 2021.

Exhortar a todas las instituciones de los gobiernos autónomos descentralizados, a las entidades autónomas y a las demás instituciones del sector público y privado para que se acojan a los aforos determinados para las instituciones públicas de la función ejecutiva.

7. Se ratifica la obligatoriedad de la presentación del certificado o carnet de vacunación con esquema completo (dos dosis o una dosis según corresponda), para el ingreso a lugares de atención al público a toda persona mayor de 12 años de edad.

La presentación obligatoria del certificado aplica exclusivamente para actividades no esenciales, quedando exentas aquellas dedicas a salud, educación, trabajo y servicios públicos.

El control y vigilancia del cumplimiento de esta medida corresponderá a las intendencias de policía en coordinación con los órganos competentes de cada gobierno autónomo descentralizado cantonal.

Para efecto del control se dispone al Ministerio de Gobierno emita la disposición normativa necesaria para garantizar la actuación de los intendentes.

8. Se dispone al Ministerio de Salud Pública la actualización de los lineamientos de ingreso al país eliminando la prohibición respecto de viajeros que provengan de Sudáfrica, Botswana, Egipto, Mozambique, Lesoto, Zimbabwue, Eswatini y Namibia.

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