Decreto No. 1075

El Presidente de la República mediante Decreto No. 1075, reformó el Reglamento que regula las atribuciones, deberes y responsabilidades de los Directorios y de las Gerencias Generales de las Empresas Públicas de la Función Ejecutiva.

Se agrega al Artículo 3.- Atribuciones y responsabilidades del Directorio el siguiente inciso quinto:

“El Directorio, ante el requerimiento del ente rector de finanzas públicas y, previo a autorizar el inicio de procesos de negociación de operaciones que correspondan a la empresa pública y que sean concurrentes en operaciones integrales que se estructuren para el beneficio del Estado ecuatoriano en su conjunto, analizará y aprobará los informes presentados por el Gerente General que sustenten tal autorización. El Directorio podrá ejercer tal atribución, cuando los estudios realizados y remitidos por el ente rector de las finanzas públicas, a más de los informes del Gerente General de la empresa, justifiquen que las operaciones que integren la estructura respectiva consideradas de manera integre, sean indispensables para generar un beneficio financiero o económico para el Estado en su conjunto, sin limitarse al rendimiento y utilidad empresarial.”

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