Decreto No. 1157

El Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 1157, crea el “Bono de Apoyo Nutricional”, el cual consiste en una transferencia monetaria de doscientos cuarenta dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (USD $240.00), misma que se realizará a través de un solo pago por una sola ocasión, con carácter emergente y excepcional.
 
Esta transferencia monetaria se realizará con ocasión de la emergencia sanitaria que atraviesa el Ecuador por la presencia de la COVID-19 y tendrá como finalidad apoyar económicamente a la población más vulnerable y afectada por los impactos de la pandemia de COVID-19 para que tenga acceso a la compra de alimentos.
 
Accederán al “Bono de Apoyo Nutricional” aquellos hogares en situación de pobreza, extrema pobreza y vulnerabilidad, usuarios de los servicios de los Centros de Desarrollo Infantil (CDI), Creciendo con Nuestros Hijos (CNH) y Círculos de Cuidado. Recreación y Aprendizaje (CCRA) del Ministerio de Inclusión Económica y Social, localizados en los cantones con mayor nivel de contagio por la COVID-19, que han visto agravada su situación de pobreza y vulnerabilidad.
 
Si las personas beneficiarías o en su núcleo familiar, algún miembro es beneficiario de los bonos y pensiones de las transferencias monetarias, o fue beneficiario del Bono de Protección Familiar por Emergencia (fases 1 o 2), que otorga el Ministerio de Inclusión Económica y Social, no podrá ser beneficiario del “Bono de Apoyo Nutricional”.

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