Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Human

El Presidente de la República con Decreto Ejecutivo No. 354 expidió el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

La normativa entrará en vigencia una vez publicada en el Registro Oficial y cuenta con 229 artículos, 4 disposiciones generales, 10 disposiciones transitorias, se reforma el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, y se deroga el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 55, de 10 de agosto de 2017; y demás disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Reglamento.

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *