Resolución No. 10-2020

El Pleno de la Corte Nacional de Justicia, mediante Resolución No. 10-2020, decidió que, de conformidad con la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, vigente a partir del 21 de junio de 2020, las y los jueces especializados en violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar y en el caso de las secciones territoriales que no cuenten con unidades especializadas, los jueces y juezas de garantías penales, o quienes hagan sus veces, son competentes para conocer las etapas de instrucción fiscal y de evaluación y preparatoria de juicio, de las causas de delitos de femicidio (arts. 141 y 142 del COIP), de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar (arts. 155 al 158 del COIP) y contra la integridad sexual y reproductiva (arts. 164 al 175 del COIP).

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